Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-24550)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158433
Tercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
La presente adenda está sometida en su tramitación al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación,
modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo que no fuesen
solucionados de común acuerdo, las partes, consienten someterse, bajo la legislación
española, al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2024-24550
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda,
en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como fecha de
firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–La
Consejera de Industria, Comercio y Empleo, Leticia García Sánchez.–La Directora del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Cristina Fernández
González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158433
Tercera. Régimen jurídico y jurisdicción competente.
La presente adenda está sometida en su tramitación al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación,
modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo que no fuesen
solucionados de común acuerdo, las partes, consienten someterse, bajo la legislación
española, al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
cve: BOE-A-2024-24550
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda,
en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose como fecha de
firma aquella en la que el mismo sea suscrito por el último de los firmantes.–La
Consejera de Industria, Comercio y Empleo, Leticia García Sánchez.–La Directora del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Cristina Fernández
González.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X