Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-24550)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158431
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24550
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Organismo
Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la
Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo efectivo de la cooperación
para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
Suscrita la Adenda para la prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la comunidad autónoma
de Castilla y León para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de
los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la citada adenda, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Adenda para la prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de
Castilla y León para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución
de los fines públicos asignados a la inspección de trabajo y seguridad social
En Madrid y Vallladolid, a 14 de noviembre de 2024
De una parte: Doña Leticia García Sánchez, en su condición de Consejera de
Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, nombrada por
Acuerdo 11/2024, de 12 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCYL
del 13 de julio de 2024), de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.l), de la
Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León (BOCYL del 6 julio de 2001).
De otra parte: Doña Cristina Fernández González, que interviene como Directora del
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
nombrada por Real Decreto 21/2024, de 9 de enero (BOE de 10 de enero), en quien
recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como su
dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de los Estatutos del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobados por del Real
Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril), siendo competente para la firma del
presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3.e) de la
Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (BOE de 22 de julio), y artículo 8.3.g) de los ya citados Estatutos del
Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la
cve: BOE-A-2024-24550
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158431
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24550
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Organismo
Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la
Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo efectivo de la cooperación
para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
Suscrita la Adenda para la prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la comunidad autónoma
de Castilla y León para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de
los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la citada adenda, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Noel Rodríguez
García.
ANEXO
Adenda para la prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de
Castilla y León para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución
de los fines públicos asignados a la inspección de trabajo y seguridad social
En Madrid y Vallladolid, a 14 de noviembre de 2024
De una parte: Doña Leticia García Sánchez, en su condición de Consejera de
Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, nombrada por
Acuerdo 11/2024, de 12 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCYL
del 13 de julio de 2024), de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.l), de la
Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León (BOCYL del 6 julio de 2001).
De otra parte: Doña Cristina Fernández González, que interviene como Directora del
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
nombrada por Real Decreto 21/2024, de 9 de enero (BOE de 10 de enero), en quien
recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como su
dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de los Estatutos del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobados por del Real
Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril), siendo competente para la firma del
presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3.e) de la
Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (BOE de 22 de julio), y artículo 8.3.g) de los ya citados Estatutos del
Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la
cve: BOE-A-2024-24550
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