Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-24542)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para cubrir plazas de personal laboral, grupo IV.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 158321

3.5 Los derechos de examen serán de 15 euros, y se ingresarán en cualquier
sucursal de la entidad Banco Santander en la cuenta con IBAN ES49 0049 4960 4423
1610 8758, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando «Personal Laboral
Grupo IV». La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en
la base tercera, apartado 2.
Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los
siguientes colectivos:
– Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o
superior al 33 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 93/2006, de 9 de
mayo, que deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal
condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano
competente.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, que deberán aportar resolución
administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
– Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero y
Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral
contra la Violencia de Género, que deberán aportar la resolución judicial otorgando la
orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a
favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de
cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada ley orgánica.
Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio
Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la
violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial
equivalente.
– Las familias numerosas: el 100 % de exención las de categoría especial y el 50 %
las de categoría general. Adjuntarán título vigente acreditativo de tal condición, expedido
por la Comunidad Autónoma correspondiente.
– Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el
plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», que lo acreditarán con el correspondiente
certificado emitido por el Servicio Empleo correspondiente.
3.6 Procederá la devolución de los derechos de examen, previa solicitud de la
persona interesada, en los supuestos de exclusión por causas no imputables a la misma
o cuando se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. El hecho
de no realizar los ejercicios de la fase de oposición no dará lugar a la devolución de los
derechos de examen. La devolución se efectuará una vez culminado el proceso
selectivo.
3.7 En el plazo indicado en el apartado 3.2 se acompañarán a la solicitud los
siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad. Los nacionales de otros Estados
deberán presentar fotocopia del pasaporte y/o del número de identidad extranjero en los
que se acredite su nacionalidad.
b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial
acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.
En el caso de acceso mediante experiencia laboral se estará a lo dispuesto en el
artículo 15.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía.

cve: BOE-A-2024-24542
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Núm. 284