Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-24570)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Castilla-La Mancha, para el establecimiento de las condiciones de funcionamiento del Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158669
aplicación, estando integrado en el Campus de Excelencia Internacional (CEI) CYTEMA:
CEF11-0007.
Asimismo, el IREC forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI), como agente de ejecución de conformidad con la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de agente del Sistema de I+D de
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de conformidad con la Ley 4/2020, de 10
de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e
Innovación de Castilla-La Mancha, una vez que se cumplan los trámites de registro o
inscripción que puedan ser pertinentes.
3. El IREC se constituye como una estructura de investigación sin ánimo de lucro.
4. Las actividades científicas y, en general, el funcionamiento del Instituto, se
desarrollarán en régimen de cooperación y de actuación conjunta, mediante la puesta en
común de medios, en los términos previstos en el presente convenio y su RRI y sin
perjuicio de la autonomía de cada parte y de las facultades de sus respectivos órganos
de gobierno y administración, en especial en lo que se refiere a materias de personal,
presupuestos y patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios aportados
al instituto y los gestionarán conforme a la normativa que les resulte de aplicación en
conjunción con lo dispuesto en este convenio y su RRI.
Cuarta. Funciones.
a) Generar conocimiento en el ámbito de la fauna cinegética y silvestre mediante la
sinergia de investigadores expertos y personal técnico cualificado en las distintas áreas
de conocimiento, pertenecientes a las partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en el ámbito
de la fauna cinegética y silvestre.
c) Potenciar la competitividad de la sociedad y del sector productivo mediante la
transferencia de la tecnología y de los resultados de la investigación.
d) Proporcionar asesoramiento técnico y científico a entidades públicas y privadas
en su ámbito de especialización. Específicamente, proporcionar asesoramiento técnico y
científico a la JCCM, como institución cotitular del instituto, en la medida de sus
capacidades y dentro de las funciones previstas en el presente convenio.
e) Realizar actividades docentes referidas a estudios de posgrado y otras
enseñanzas especializadas en el ámbito de la fauna cinegética y silvestre, así como
apoyar para dichas disciplinas la formación, especialización, perfeccionamiento,
colaboración docente y realización de prácticas, especialmente en el ámbito universitario
en sus distintas etapas (grado y posgrado).
f) Realizar acciones específicas orientadas al desarrollo de la carrera profesional de
los técnicos e investigadores en formación del Instituto, contribuyendo a su
empleabilidad futura.
g) Captar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
del Instituto.
h) Desarrollar colaboraciones interinstitucionales en la investigación en el ámbito de
la fauna cinegética y silvestre y potenciar las relaciones con otros centros nacionales e
internacionales para la integración en el Espacio Europeo de Investigación.
i) Difundir los resultados de las investigaciones a través de publicaciones
científicas.
j) Promover y apoyar la organización de reuniones científicas, congresos,
seminarios y otras actividades similares.
k) Realizar encuentros con la ciudadanía, medios de comunicación e instituciones
educativas a fin de transmitir y concienciar a la sociedad de la importancia de la labor
científica y del avance en sus resultados.
cve: BOE-A-2024-24570
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las
disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las
siguientes funciones:
Núm. 284
Lunes 25 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158669
aplicación, estando integrado en el Campus de Excelencia Internacional (CEI) CYTEMA:
CEF11-0007.
Asimismo, el IREC forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI), como agente de ejecución de conformidad con la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de agente del Sistema de I+D de
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de conformidad con la Ley 4/2020, de 10
de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e
Innovación de Castilla-La Mancha, una vez que se cumplan los trámites de registro o
inscripción que puedan ser pertinentes.
3. El IREC se constituye como una estructura de investigación sin ánimo de lucro.
4. Las actividades científicas y, en general, el funcionamiento del Instituto, se
desarrollarán en régimen de cooperación y de actuación conjunta, mediante la puesta en
común de medios, en los términos previstos en el presente convenio y su RRI y sin
perjuicio de la autonomía de cada parte y de las facultades de sus respectivos órganos
de gobierno y administración, en especial en lo que se refiere a materias de personal,
presupuestos y patrimonio. Las partes mantendrán la titularidad de los medios aportados
al instituto y los gestionarán conforme a la normativa que les resulte de aplicación en
conjunción con lo dispuesto en este convenio y su RRI.
Cuarta. Funciones.
a) Generar conocimiento en el ámbito de la fauna cinegética y silvestre mediante la
sinergia de investigadores expertos y personal técnico cualificado en las distintas áreas
de conocimiento, pertenecientes a las partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en el ámbito
de la fauna cinegética y silvestre.
c) Potenciar la competitividad de la sociedad y del sector productivo mediante la
transferencia de la tecnología y de los resultados de la investigación.
d) Proporcionar asesoramiento técnico y científico a entidades públicas y privadas
en su ámbito de especialización. Específicamente, proporcionar asesoramiento técnico y
científico a la JCCM, como institución cotitular del instituto, en la medida de sus
capacidades y dentro de las funciones previstas en el presente convenio.
e) Realizar actividades docentes referidas a estudios de posgrado y otras
enseñanzas especializadas en el ámbito de la fauna cinegética y silvestre, así como
apoyar para dichas disciplinas la formación, especialización, perfeccionamiento,
colaboración docente y realización de prácticas, especialmente en el ámbito universitario
en sus distintas etapas (grado y posgrado).
f) Realizar acciones específicas orientadas al desarrollo de la carrera profesional de
los técnicos e investigadores en formación del Instituto, contribuyendo a su
empleabilidad futura.
g) Captar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de los objetivos
del Instituto.
h) Desarrollar colaboraciones interinstitucionales en la investigación en el ámbito de
la fauna cinegética y silvestre y potenciar las relaciones con otros centros nacionales e
internacionales para la integración en el Espacio Europeo de Investigación.
i) Difundir los resultados de las investigaciones a través de publicaciones
científicas.
j) Promover y apoyar la organización de reuniones científicas, congresos,
seminarios y otras actividades similares.
k) Realizar encuentros con la ciudadanía, medios de comunicación e instituciones
educativas a fin de transmitir y concienciar a la sociedad de la importancia de la labor
científica y del avance en sus resultados.
cve: BOE-A-2024-24570
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las
disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las
siguientes funciones: