Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-24502)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Valencia, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Sábado 23 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158103

relación, a título enunciativo, pero no limitativo, a la presentación y defensa de trabajos
fin de grado (TFG), o máster (TFM), todo ello sin perjuicio del deber de confidencialidad
que corresponde a los estudiantes.
8. De acuerdo a lo previsto en el artículo 49, apartado c, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en aplicación del artículo 9.1.e, del
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, los estudiantes tienen derecho, durante la
realización de sus prácticas, a la propiedad intelectual e industrial en los términos
establecidos en la legislación reguladora de la materia.
E.

Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.

Todos los estudiantes de la Universidad que estén matriculados en alguna de sus
enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la Universidad y al corriente de la cuota
correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en
enseñanzas propias de la Universidad, corresponderá a la Universidad asegurarse de
que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente y cuantos
puedan resultar obligatorios.
Régimen jurídico laboral.

Mediante el presente convenio ENAIRE asume la obligación o compromiso de
carácter económico que consta en la cláusula cuarta. Adicionalmente, ENAIRE, como
entidad financiadora del programa de formación, dará cumplimiento a las obligaciones en
materia de Seguridad Social establecidas en la disposición adicional quincuagésima
segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La participación de ENAIRE en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente convenio.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización
no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su
contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de
trabajo. A este respecto, aunque la relación existente entre los alumnos y la Universidad
no puede calificarse de relación laboral, a fin de dar cumplimiento a la Instrucción
conjunta de las Secretarías de Estado de Administraciones Públicas y de Presupuestos y
Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre buenas prácticas
para la gestión de las contrataciones de servicios y encomiendas de gestión a fin de
evitar incurrir en supuestos de cesión ilegal de trabajadores, se introduce como anexo II
de este convenio una cláusula adicional que contiene las reglas especiales respecto de
los alumnos pertenecientes a la Universidad.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Tercera. Obligaciones de la Universidad (a través del centro correspondiente u órgano
responsable de la titulación).
1. Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas (según
modelo adjunto) donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante,
titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará
la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor

cve: BOE-A-2024-24502
Verificable en https://www.boe.es

F.