Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24505)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Conjunto de proyectos para la creación de humedales seminaturales en la franja perimetral del Mar Menor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158131
promotor elabora un programa de vigilancia y control vectorial de posibles plagas de
mosquitos, sobre el que la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Región
de Murcia no considera necesario realizar observaciones.
La Mancomunidad de los Canales del Taibilla señala que el humedal de San Pedro
del Pinatar se localiza colindante con el límite sur de la desalinizadora de San Pedro y
describe las conducciones de dicha instalación que podrían verse afectadas. En
respuesta, el promotor señala que el proyecto no afectará a los servicios mencionados
por el organismo.
El Ayuntamiento de Cartagena indica que los niveles de inmisión de ruido generados
por el funcionamiento de la actividad sobre las viviendas próximas no podrán incumplir la
normativa de ruido vigente, y señala la necesidad de establecer medidas para evitar la
afección a la autovía AP-7 y a las viviendas próximas, así como facilitar el adecuado uso
público y el fomento de las actividades de educación ambiental. El promotor responde
que las medidas previstas en el proyecto garantizan que los niveles de ruido y polvo
sean admisibles y que se plantean dotaciones de uso público sencillas como caminos.
El Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar señala que el proyecto no cumple las
finalidades del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para los espacios
calificados como zonas verdes o espacios libres (áreas destinadas a jardines públicos,
parques, áreas ajardinadas o espacios libres de uso y dominio público y libre acceso). El
promotor responde que el proyecto es compatible con el concepto de parque urbano
lineal previsto por el PGOU vigente y se ha modificado para incorporar nuevos senderos.
El Instituto de Turismo de la Región de Murcia considera positiva la proximidad del
humedal proyectado de San Pedro del Pinatar a la «Senda de los Tarays o Sendero
Azul», pues podría aumentar el valor didáctico ambiental de dicha ruta.
En relación con el impacto del proyecto sobre la calidad acústica, se añade una
condición al apartado de condiciones de la presente resolución.
b.2) Flora y vegetación. Hábitat de Interés Comunitario (HIC).
Consta la realización de trabajos de campo durante junio de 2022, para verificar los
hábitats que ocupan la zona de actuación en San Pedro del Pinatar. La zona de
actuación incluye un criptohumedal cubierto por vegetación de saladar dominada por la
especie Suaeda vera, en el que se intercalan zonas degradadas. Asimismo, se identifica
la presencia del HIC 1420 «Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos
(Sarcoconetea fruticosi)». La superficie del HIC 1420 en el área del proyecto es
de 133.203 m2, de la cual, 15.901 m2 serán ocupados por la zona inundable, 4.915 m2
por caminos y 769 m2 por retirada de escombros. También, están presentes zonas
degradadas con especies como Nicotiana glauca, Atriplex halimus, Salsola oppositifolia o
Suaeda pruinosa, lo que implica una desviación del HIC 1420 hacia un tipo de
vegetación más propia del HIC 1430 «Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoleta)».
Además, el borde de los caminos que comunican con las salinas cuenta con ejemplares
de tarays (Tamarix sp.).
Por otro lado, el promotor indica que se realizaron trabajos de campo en abril de 2023
para caracterizar los hábitats de la zona de actuación del humedal de Bocarrambla. Así, se
identificaron pastizales con dominancia de Malva sylvestris (acompañada de Hordeum
murinum, Chenopodium murale y Suaeda maritima), zonas de cultivo de cítricos, carrizales
de Phargmites australis y pastizales de Messembryanthemum nodiflorum, Ecballium
elaterium, Salsola Kali, Atriplex hallimus y Suaeda maritima. También, se identifican
especies exóticas invasoras como Nicotiana glauca, taludes dominados por gandul, zonas
inundadas y zonas degradadas con escasa representación de especies y zonas sin
vegetación. Asimismo, el promotor identifica el HIC 1420 «Matorrales halófilos mediterráneos
y termoatlánticos (Sarcoconetea fruticosi)» y el HIC 92D0 «Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)». En algunas zonas,
ambos HIC se entremezclan. Además, el ámbito de aplicación colinda con el HIC 1510*
«Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia)». El promotor cuantifica la vegetación de
ambos HIC (1420 y 92D0) que se verá afectada de forma directa en la construcción de la
cve: BOE-A-2024-24505
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158131
promotor elabora un programa de vigilancia y control vectorial de posibles plagas de
mosquitos, sobre el que la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Región
de Murcia no considera necesario realizar observaciones.
La Mancomunidad de los Canales del Taibilla señala que el humedal de San Pedro
del Pinatar se localiza colindante con el límite sur de la desalinizadora de San Pedro y
describe las conducciones de dicha instalación que podrían verse afectadas. En
respuesta, el promotor señala que el proyecto no afectará a los servicios mencionados
por el organismo.
El Ayuntamiento de Cartagena indica que los niveles de inmisión de ruido generados
por el funcionamiento de la actividad sobre las viviendas próximas no podrán incumplir la
normativa de ruido vigente, y señala la necesidad de establecer medidas para evitar la
afección a la autovía AP-7 y a las viviendas próximas, así como facilitar el adecuado uso
público y el fomento de las actividades de educación ambiental. El promotor responde
que las medidas previstas en el proyecto garantizan que los niveles de ruido y polvo
sean admisibles y que se plantean dotaciones de uso público sencillas como caminos.
El Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar señala que el proyecto no cumple las
finalidades del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para los espacios
calificados como zonas verdes o espacios libres (áreas destinadas a jardines públicos,
parques, áreas ajardinadas o espacios libres de uso y dominio público y libre acceso). El
promotor responde que el proyecto es compatible con el concepto de parque urbano
lineal previsto por el PGOU vigente y se ha modificado para incorporar nuevos senderos.
El Instituto de Turismo de la Región de Murcia considera positiva la proximidad del
humedal proyectado de San Pedro del Pinatar a la «Senda de los Tarays o Sendero
Azul», pues podría aumentar el valor didáctico ambiental de dicha ruta.
En relación con el impacto del proyecto sobre la calidad acústica, se añade una
condición al apartado de condiciones de la presente resolución.
b.2) Flora y vegetación. Hábitat de Interés Comunitario (HIC).
Consta la realización de trabajos de campo durante junio de 2022, para verificar los
hábitats que ocupan la zona de actuación en San Pedro del Pinatar. La zona de
actuación incluye un criptohumedal cubierto por vegetación de saladar dominada por la
especie Suaeda vera, en el que se intercalan zonas degradadas. Asimismo, se identifica
la presencia del HIC 1420 «Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos
(Sarcoconetea fruticosi)». La superficie del HIC 1420 en el área del proyecto es
de 133.203 m2, de la cual, 15.901 m2 serán ocupados por la zona inundable, 4.915 m2
por caminos y 769 m2 por retirada de escombros. También, están presentes zonas
degradadas con especies como Nicotiana glauca, Atriplex halimus, Salsola oppositifolia o
Suaeda pruinosa, lo que implica una desviación del HIC 1420 hacia un tipo de
vegetación más propia del HIC 1430 «Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoleta)».
Además, el borde de los caminos que comunican con las salinas cuenta con ejemplares
de tarays (Tamarix sp.).
Por otro lado, el promotor indica que se realizaron trabajos de campo en abril de 2023
para caracterizar los hábitats de la zona de actuación del humedal de Bocarrambla. Así, se
identificaron pastizales con dominancia de Malva sylvestris (acompañada de Hordeum
murinum, Chenopodium murale y Suaeda maritima), zonas de cultivo de cítricos, carrizales
de Phargmites australis y pastizales de Messembryanthemum nodiflorum, Ecballium
elaterium, Salsola Kali, Atriplex hallimus y Suaeda maritima. También, se identifican
especies exóticas invasoras como Nicotiana glauca, taludes dominados por gandul, zonas
inundadas y zonas degradadas con escasa representación de especies y zonas sin
vegetación. Asimismo, el promotor identifica el HIC 1420 «Matorrales halófilos mediterráneos
y termoatlánticos (Sarcoconetea fruticosi)» y el HIC 92D0 «Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)». En algunas zonas,
ambos HIC se entremezclan. Además, el ámbito de aplicación colinda con el HIC 1510*
«Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia)». El promotor cuantifica la vegetación de
ambos HIC (1420 y 92D0) que se verá afectada de forma directa en la construcción de la
cve: BOE-A-2024-24505
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Núm. 283