Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-24510)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para el desarrollo de la Fase 2 del proyecto Thais «Termohidráulica Avanzada y Tratamiento de Incertidumbres en Seguridad Nuclear».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Sábado 23 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158180

Octavo.
Que este convenio supone una cooperación entre las partes, con la finalidad de que
se logren los objetivos que comparten en materia de seguridad nuclear; y el desarrollo de
esta cooperación se guía únicamente por consideraciones relacionadas con el interés
público.
Noveno.
Que las partes consideran que la colaboración entre ellas en este campo contribuirá
al mejor cumplimiento de los objetivos propios de cada una de ellas, y aumentará el
conocimiento científico y técnico en este ámbito en beneficio de ambas.
Por todo ello, las partes convienen en formalizar este convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objetivo general de este convenio es la realización del proyecto de I+D titulado
Fase 2 del proyecto Thais «Termohidráulica Avanzada y Tratamiento de Incertidumbres
en Seguridad Nuclear» (en adelante, el proyecto), y se fijan los términos y condiciones
de la colaboración a ese efecto entre el CSN y la UPV, a través del IUIIE.
El alcance de las actividades que se considera necesario realizar para cumplir dicho
objetivo se detalla en la Memoria Técnica que se adjunta a este convenio como anexo 1.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

– Realizar las actividades que se describen en la Memoria Técnica (anexo 1) que se
adjunta, relacionadas con los objetivos descritos en la cláusula primera.
– Poner a disposición del convenio el personal necesario para garantizar la máxima
calidad de las actividades en él incluidos. En caso de ser necesario un esfuerzo de
personal mayor del que se ha estimado en el momento de la firma del convenio, las
partes podrán revisar los términos del mismo.
– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición del CSN los resultados, métodos, códigos, metodologías, y, en
general, toda la información que se genere durante la realización de las actividades
objeto de este convenio.
– Documentar las actividades realizadas dentro del convenio, en la forma que se
describe en la Memoria Técnica (anexo 1 a este convenio).
– Mantener las condiciones de confidencialidad sobre toda la información obtenida y
generada en el curso de las actividades, que se describen en la cláusula octava.
– Contribuir a la coordinación técnica para controlar el buen desarrollo conjunto del
convenio.
– Desarrollar procedimientos que permitan la implementación de los resultados
obtenidos al final del proyecto.
Son obligaciones del CSN dentro de este convenio:
– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
– Poner a disposición de la UPV los datos e información de que disponga y que
pudieran ser necesarios para la realización de las actividades.

cve: BOE-A-2024-24510
Verificable en https://www.boe.es

Son obligaciones de la UPV dentro de este convenio: