Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-24507)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Taxos Luz, SL, autorización administrativa previa para el parque solar fotovoltaico «Tabernas 100 MW», de 99,85 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Tabernas (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158162
Se ha recibido informe del Servicio de Energía de la Delegación Territorial en
Almería, Consejería de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en la que
se advierte de los siguientes aspectos:
– Que emitió resolución de autorización administrativa previa y de construcción para
la infraestructura de evacuación, Exp 6855, de nueve plantas solares fotovoltaicas de
generación eléctrica con número de expedientes PERE 1658, PERE 1659, PERE 1660,
PERE 1662, PERE 1663 y PERE 1683, y que dicha infraestructura de evacuación cruza
el parque fotovoltaico «Tabernas 100MW» y comparte parte de su trazado con la línea
subterránea a 132kV que finaliza en la subestación colectora «Tabernas
Renovables 132/400».
– Que emitió resolución de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción del expediente PERE 1652 LAT 6845, cuya línea de
evacuación comparte parte de su trazado con la línea de evacuación del parque
fotovoltaico «Tabernas 100MW», de 99,85 MW.
– Que ha tramitado autorización administrativa previa y de construcción de la
subestación colectora «Tabernas Renovables 132/400 kV» y su línea de conexión con la
subestación de «Tabernas 400 kV» de REE.
Se ha dado traslado al promotor de esta contestación, el cual manifiesta su
conformidad e informa de que está tramitando un acuerdo vinculante sobre el uso
compartido de las infraestructuras de evacuación, suscrito por todos los titulares de
instalaciones con permiso de acceso y conexión otorgados en la posición de 400 kV de
la Subestación de REE. Se ha dado traslado de esta respuesta al organismo, el cual no
emite nuevo informe, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Diputación provincial de Almería y el Servicio de Bienes Culturales de
la Delegación territorial de Turismo, Cultura y Deportes en Almería, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de diciembre de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 17 de enero de 2024 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Almería». Se recibieron las siguientes alegaciones, las cuales fueron
contestada por el promotor.
Propus Solar, SL, promotora del proyecto fotovoltaico «Tabernas Solar 3», de 50
MWp, y su infraestructura de evacuación, con autorización administrativa previa y de
construcción otorgadas por la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería
(expediente PERE 1652 – LAT 6845) con fechas 21 de marzo de 2023 y 30 de junio
de 2023, respectivamente, manifiesta coincidencia entre algunos tramos de su línea
subterránea de evacuación en 132 kV y la de la planta solar fotovoltaica «Tabernas 100
MW». Propus Solar, SL, recalca que Taxos Luz, SL, debe considerar en el diseño de su
línea, la línea ya autorizada del proyecto «Tabernas Solar 3», de forma que sea
compatible con esta y evite las interferencias térmicas y eléctricas que sobre ella pudiera
generar. Se ha dado traslado de esta alegación al promotor, el cual expone que está en
conversaciones con el promotor y en proceso de llegar a un acuerdo, el cual, aportará al
expediente cuando se formalice.
GR Solar, SL, promotora de la planta fotovoltaica «La Pared 3» y su infraestructura
de evacuación, con autorización administrativa previa y de construcción otorgadas por la
Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía
y Minas de la Junta de Andalucía en Almería (expediente PERE 1658– LAT 6855) para
su proyecto fotovoltaico, manifiesta coincidencia entre su línea de evacuación y la del
parque solar «Tabernas 100 MW». Asimismo, indica que la línea subterránea del
expediente PFOT-982 debe cumplir con las distancias de seguridad reglamentarias
cve: BOE-A-2024-24507
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 158162
Se ha recibido informe del Servicio de Energía de la Delegación Territorial en
Almería, Consejería de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en la que
se advierte de los siguientes aspectos:
– Que emitió resolución de autorización administrativa previa y de construcción para
la infraestructura de evacuación, Exp 6855, de nueve plantas solares fotovoltaicas de
generación eléctrica con número de expedientes PERE 1658, PERE 1659, PERE 1660,
PERE 1662, PERE 1663 y PERE 1683, y que dicha infraestructura de evacuación cruza
el parque fotovoltaico «Tabernas 100MW» y comparte parte de su trazado con la línea
subterránea a 132kV que finaliza en la subestación colectora «Tabernas
Renovables 132/400».
– Que emitió resolución de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción del expediente PERE 1652 LAT 6845, cuya línea de
evacuación comparte parte de su trazado con la línea de evacuación del parque
fotovoltaico «Tabernas 100MW», de 99,85 MW.
– Que ha tramitado autorización administrativa previa y de construcción de la
subestación colectora «Tabernas Renovables 132/400 kV» y su línea de conexión con la
subestación de «Tabernas 400 kV» de REE.
Se ha dado traslado al promotor de esta contestación, el cual manifiesta su
conformidad e informa de que está tramitando un acuerdo vinculante sobre el uso
compartido de las infraestructuras de evacuación, suscrito por todos los titulares de
instalaciones con permiso de acceso y conexión otorgados en la posición de 400 kV de
la Subestación de REE. Se ha dado traslado de esta respuesta al organismo, el cual no
emite nuevo informe, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Diputación provincial de Almería y el Servicio de Bienes Culturales de
la Delegación territorial de Turismo, Cultura y Deportes en Almería, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de diciembre de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 17 de enero de 2024 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Almería». Se recibieron las siguientes alegaciones, las cuales fueron
contestada por el promotor.
Propus Solar, SL, promotora del proyecto fotovoltaico «Tabernas Solar 3», de 50
MWp, y su infraestructura de evacuación, con autorización administrativa previa y de
construcción otorgadas por la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos
Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Almería
(expediente PERE 1652 – LAT 6845) con fechas 21 de marzo de 2023 y 30 de junio
de 2023, respectivamente, manifiesta coincidencia entre algunos tramos de su línea
subterránea de evacuación en 132 kV y la de la planta solar fotovoltaica «Tabernas 100
MW». Propus Solar, SL, recalca que Taxos Luz, SL, debe considerar en el diseño de su
línea, la línea ya autorizada del proyecto «Tabernas Solar 3», de forma que sea
compatible con esta y evite las interferencias térmicas y eléctricas que sobre ella pudiera
generar. Se ha dado traslado de esta alegación al promotor, el cual expone que está en
conversaciones con el promotor y en proceso de llegar a un acuerdo, el cual, aportará al
expediente cuando se formalice.
GR Solar, SL, promotora de la planta fotovoltaica «La Pared 3» y su infraestructura
de evacuación, con autorización administrativa previa y de construcción otorgadas por la
Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía
y Minas de la Junta de Andalucía en Almería (expediente PERE 1658– LAT 6855) para
su proyecto fotovoltaico, manifiesta coincidencia entre su línea de evacuación y la del
parque solar «Tabernas 100 MW». Asimismo, indica que la línea subterránea del
expediente PFOT-982 debe cumplir con las distancias de seguridad reglamentarias
cve: BOE-A-2024-24507
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Núm. 283