Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. I. Disposiciones generales. Seguridad informática. Organización. (BOE-A-2024-24452)
Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 157690
i) Gestión de la continuidad: se implantarán los mecanismos apropiados para
asegurar la disponibilidad de los sistemas de información y mantener la continuidad de
sus procesos de negocio, de acuerdo con las necesidades de nivel de servicio de sus
usuarios.
j) Cumplimiento: se adoptarán las medidas técnicas, organizativas y
procedimentales necesarias para el cumplimiento de la normativa legal vigente en
materia de seguridad de la información.
3. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 1 y 2, la presente PSI se
establecerá en base a los principios básicos y se desarrollará aplicando los requisitos
mínimos contemplados en el capítulo II y en el artículo 12.6 del Real Decreto 311/2022,
de 3 de mayo.
4. Estos principios particulares, en su continuo fortalecimiento y revisión, se
ajustarán en todo caso a las instrucciones técnicas de seguridad que publique la
Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y
de la Función Pública, así como a las guías CCN-STIC.
Artículo 5.
Estructura organizativa.
La gestión de la seguridad en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones se apoya en la siguiente estructura organizativa:
a) La persona responsable del sistema global de información.
b) El Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.
c) La persona responsable de sistemas de información.
d) La persona responsable de seguridad del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
e) La persona responsable de la prestación del servicio.
f) El delegado o la delegada de protección de datos.
Artículo 6. Persona responsable del sistema global de información.
a) Hacer cumplir las disposiciones establecidas en el Esquema Nacional de
Seguridad y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, cuando el sistema de
información se encuentre dentro del ámbito de aplicación de estas y, en su caso, emitir
directrices.
b) Resolver los conflictos que puedan surgir entre los distintos responsables de los
sistemas de información, en el ejercicio de sus funciones, en los términos establecidos
en el artículo 18.
Artículo 7.
Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.
1. Se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información (en adelante
CSSI) que coordinará todas las actividades relacionadas con la seguridad de los
sistemas de información en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones. En los casos en los que el CSSI así lo decida, éste podrá asumir las
cve: BOE-A-2024-24452
Verificable en https://www.boe.es
1. La persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones es la responsable del sistema global de información, y, además, es la
responsable última del funcionamiento de los servicios.
El sistema global de información integra todos los sistemas de información de los
órganos superiores y directivos y unidades dependientes del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, de los que son responsables las personas titulares de
estos.
2. La persona responsable del sistema global de información tiene las siguientes
funciones:
Núm. 283
Sábado 23 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 157690
i) Gestión de la continuidad: se implantarán los mecanismos apropiados para
asegurar la disponibilidad de los sistemas de información y mantener la continuidad de
sus procesos de negocio, de acuerdo con las necesidades de nivel de servicio de sus
usuarios.
j) Cumplimiento: se adoptarán las medidas técnicas, organizativas y
procedimentales necesarias para el cumplimiento de la normativa legal vigente en
materia de seguridad de la información.
3. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 1 y 2, la presente PSI se
establecerá en base a los principios básicos y se desarrollará aplicando los requisitos
mínimos contemplados en el capítulo II y en el artículo 12.6 del Real Decreto 311/2022,
de 3 de mayo.
4. Estos principios particulares, en su continuo fortalecimiento y revisión, se
ajustarán en todo caso a las instrucciones técnicas de seguridad que publique la
Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y
de la Función Pública, así como a las guías CCN-STIC.
Artículo 5.
Estructura organizativa.
La gestión de la seguridad en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones se apoya en la siguiente estructura organizativa:
a) La persona responsable del sistema global de información.
b) El Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.
c) La persona responsable de sistemas de información.
d) La persona responsable de seguridad del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.
e) La persona responsable de la prestación del servicio.
f) El delegado o la delegada de protección de datos.
Artículo 6. Persona responsable del sistema global de información.
a) Hacer cumplir las disposiciones establecidas en el Esquema Nacional de
Seguridad y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, cuando el sistema de
información se encuentre dentro del ámbito de aplicación de estas y, en su caso, emitir
directrices.
b) Resolver los conflictos que puedan surgir entre los distintos responsables de los
sistemas de información, en el ejercicio de sus funciones, en los términos establecidos
en el artículo 18.
Artículo 7.
Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.
1. Se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información (en adelante
CSSI) que coordinará todas las actividades relacionadas con la seguridad de los
sistemas de información en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones. En los casos en los que el CSSI así lo decida, éste podrá asumir las
cve: BOE-A-2024-24452
Verificable en https://www.boe.es
1. La persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones es la responsable del sistema global de información, y, además, es la
responsable última del funcionamiento de los servicios.
El sistema global de información integra todos los sistemas de información de los
órganos superiores y directivos y unidades dependientes del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, de los que son responsables las personas titulares de
estos.
2. La persona responsable del sistema global de información tiene las siguientes
funciones: