Comunitat Valenciana. III. Otras disposiciones. Municipios. Denominaciones. (BOE-A-2024-24511)
Decreto 162/2024, de 29 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Moncada por la forma bilingüe Montcada/Moncada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Sábado 23 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 158197

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNITAT VALENCIANA
Decreto 162/2024, de 29 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el
cambio de denominación del municipio de Moncada por la forma bilingüe
Montcada/Moncada.

El Pleno del Ayuntamiento de Moncada, en las sesiones del 25 de septiembre
de 2023, del 21 de diciembre de 2023, del 29 de febrero de 2024 y del 30 de mayo
de 2024, ha aprobado, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la
corporación local, el cambio de denominación del municipio de Moncada, por la forma
bilingüe Montcada/Moncada, de conformidad con los informes técnicos municipales
obrantes en el expediente tramitado en fase municipal.
Consta en el expediente el cumplimiento del trámite de información pública mediante
publicaciones en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» n.º 208, de fecha 27 de
octubre de 2023 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» n.º 57, de fecha 21
de marzo de 2024, y anuncios en la sede electrónica de la entidad local interesada, por
el plazo reglamentario, así como la acreditación de la presentación de alegaciones, y su
pertinente resolución mediante acuerdos del Pleno de 21 de diciembre de 2023 y de 30
de mayo de 2024.
La Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y Local, del Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática, ha certificado, en fecha 9 de julio de 2024
que, consultados los datos del Registro de entidades locales, la nueva denominación de
Montcada/Moncada, propuesta para el municipio de Moncada, de la provincia de
Valencia, no coincide con la de ningún municipio inscrito en dicho registro.
El Pleno de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, en la sesión del 31 de julio
de 2024, vista la petición del Ayuntamiento del cambio de denominación, adoptó el
acuerdo de considerar que el nombre bilingüe más adecuado del topónimo es Montcada/
Moncada.
El artículo 21.1 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat
Valenciana, en relación con el artículo 13.2 del Decreto 69/2017, de 2 de junio, del
Consell, de regulación de los criterios y procedimiento para el cambio de denominación
de los municipios y otras entidades locales de la Comunitat Valenciana, dispone que
corresponde al Consell, mediante el decreto, la aprobación del cambio de la
denominación de los municipios.
En la tramitación del procedimiento se han cumplido todas las prescripciones
contenidas en la legislación vigente sobre la materia y se ha tramitado el procedimiento
de acuerdo con lo que determina el Decreto 69/2017, de 2 de junio, del Consell.
Por todo ello, a propuesta del president de la Generalitat, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 28.c) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y de
acuerdo con las competencias que corresponden a la Presidencia de la Generalitat en
materia de administración local, al amparo del artículo 2 del Decreto 17/2024, de 12 de
julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la
denominación de las consellerias, y sus atribuciones, y previa deliberación del Consell,
en la reunión del día 29 d’octubre de 2024, decreto:
Artículo único.
Aprobar el cambio de denominación del municipio de Moncada, por la forma bilingüe
Montcada/Moncada.
Las referencias que se hayan realizado a la denominación anterior se entenderán
hechas, a partir de la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la
nueva denominación.

cve: BOE-A-2024-24511
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