Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-24381)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de las categorías de personal sanitario facultativo y de personal no sanitario de la Organización Nacional de Trasplantes.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 157248

Normas para acreditar la formación continuada:
a) Se acreditará mediante diploma o certificado de asistencia a la actividad
formativa en el que deberá constar el organismo o entidad que convocó e impartió la
actividad, las fechas de realización, contenido y número de créditos/horas asignados.
Los diplomas o certificados acreditativos de los cursos organizados o
subvencionados por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades,
Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o
de la Administración Sanitaria Central o Autonómica, o por otras organizaciones o
entidades sin ánimo de lucro, deberán estar expedidos y firmados por la autoridad que
ostente legalmente la representación de los mismos.
b) A efectos de poder valorar la formación continuada, el expediente de méritos
deberá incluir, asimismo, el título exigido para participar en este proceso selectivo. En
caso contrario, no podrá valorarse ninguna actividad de formación continuada, al no
estar debidamente acreditada la fecha de finalización de formación reglada exigida.
c) En el supuesto de que los documentos presentados no sean originales, será de
aplicación lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, responsabilizándose las
personas interesadas de la veracidad de los mismos.
d) Normas específicas para la formación on line:
–Serán válidos aquellos diplomas firmados digitalmente mediante un certificado
digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), así como aquellos
que se puedan referenciar a una web verificable o cotejable por el órgano de selección.
En otro supuesto, deberá aportarse certificación original firmada por el órgano que
impartió la actividad formativa, que contendrá toda la información exigida por este
epígrafe.
– En el supuesto de formación on line con desarrollo de rango de fechas, será válida
la formación que conste superada dentro de dichas fechas.
– Se valorarán los módulos o partes integrantes de un curso en los supuestos en los
que quede debidamente acreditada la carga lectiva y horas/créditos asignados de forma
diferenciada.
2.3

Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente
relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o
subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades,
Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o
de la Administración Autonómica sanitaria, o por otras organizaciones o entidades sin
ánimo de lucro, se valorará con 0,36 puntos.
Normas para la valoración y acreditación de las actividades docentes:

2.4

Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros de carácter científico, relacionados con la donación y
el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que
contengan ISBN o Depósito Legal:
a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.
b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2
capítulos de un mismo libro).

cve: BOE-A-2024-24381
Verificable en https://www.boe.es

a) Una misma actividad docente, aunque se refiera a ediciones distintas, será
valorada una sola vez y siempre lo será la última realizada.
b) Las actividades docentes realizadas se acreditarán mediante la presentación de
los correspondientes diplomas o certificados acreditativos de las mismas, expedidos y
firmados por la autoridad que ostente legalmente la representación de los mismos.