Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-24422)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y cancelación de una servidumbre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

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de existencia y titularidad en la forma determinada por el asiento respectivo de los
derechos reales inscritos que resulta del artículo 38 de la Ley Hipotecaria y del principio
de inoponibilidad de los títulos no inscritos del artículo 32 de la misma.
Alega también el recurrente que esa inexactitud de hechos supone una carga
innecesaria sobre su finca, pues carece de utilidad a un predio colindante o relacionado,
que no aparezca el citado don M. B. ni sus herederos como colindantes y la existencia o
no de la era o la carretera vieja.
Pero la determinación de estas inexactitudes corresponde a los tribunales (cfr.
Resolución de 13 de julio de 2007). En el Registro consta la naturaleza, anchura, y
persona favorecida por la servidumbre. De acuerdo con los artículos 1, 20, 32, 38, 40,
76, 82 y 108 de la Ley Hipotecaria, se presume que los derechos inscritos existen y
pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo, por lo que es
preciso el consentimiento del referido titular registral o sus herederos, o en su defecto
una resolución judicial.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso interpuesto y confirmar la
calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-24422
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de octubre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X