Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-24413)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Viernes 22 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 157310
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso
a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, podrán concurrir
al mismo quienes hayan desempeñado durante al menos dos años el puesto de origen y
sean:
Para plazas de Catedráticos/as de Universidad:
a) Funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad de las
distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de carrera de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS)
de las categorías que se determinen en las convocatorias, siempre que cuenten con la
acreditación para Catedráticos/as de Universidad.
c) El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión
Europea que haya alcanzado en aquellas una posición comparable a la de Catedrático/a
de Universidad, según las condiciones y requisitos recogidos en el artículo 88 de la Ley
Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario.
Para plazas de Profesor/a Titular de Universidad:
a) Funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad
de las distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de carrera de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS)
de las categorías que se determinen en las convocatorias, siempre que cuenten con la
acreditación para Profesores/as Titulares de Universidad.
c) El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión
Europea que haya alcanzado en aquellas una posición comparable a la de Profesor/a
Titular de Universidad, según las condiciones y requisitos recogidos en el artículo 88 de
la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario.
Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base Primera, deberán
poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
Tercera.
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base Segunda para participar en el concurso de movilidad.
c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
d) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen (42,33
euros) en la cuenta «Universidad de Alcalá. Oposiciones y concursos. Derechos de
cve: BOE-A-2024-24413
Verificable en https://www.boe.es
Quienes deseen tomar parte en el concurso de movilidad remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo
LPACAP), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada,
según modelo que se acompaña en el anexo II, junto con los siguientes documentos que
acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:
Núm. 282
Viernes 22 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 157310
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso
a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, podrán concurrir
al mismo quienes hayan desempeñado durante al menos dos años el puesto de origen y
sean:
Para plazas de Catedráticos/as de Universidad:
a) Funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad de las
distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de carrera de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS)
de las categorías que se determinen en las convocatorias, siempre que cuenten con la
acreditación para Catedráticos/as de Universidad.
c) El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión
Europea que haya alcanzado en aquellas una posición comparable a la de Catedrático/a
de Universidad, según las condiciones y requisitos recogidos en el artículo 88 de la Ley
Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario.
Para plazas de Profesor/a Titular de Universidad:
a) Funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad
de las distintas Universidades del territorio nacional.
b) Funcionarios/as de carrera de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS)
de las categorías que se determinen en las convocatorias, siempre que cuenten con la
acreditación para Profesores/as Titulares de Universidad.
c) El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión
Europea que haya alcanzado en aquellas una posición comparable a la de Profesor/a
Titular de Universidad, según las condiciones y requisitos recogidos en el artículo 88 de
la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario.
Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base Primera, deberán
poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
Tercera.
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base Segunda para participar en el concurso de movilidad.
c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
d) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen (42,33
euros) en la cuenta «Universidad de Alcalá. Oposiciones y concursos. Derechos de
cve: BOE-A-2024-24413
Verificable en https://www.boe.es
Quienes deseen tomar parte en el concurso de movilidad remitirán la
correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo
LPACAP), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada,
según modelo que se acompaña en el anexo II, junto con los siguientes documentos que
acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso: