Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-24413)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 157309

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
24413

Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la
que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes
universitarios.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de movilidad la plaza docente
vacante que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución de acuerdo con lo
establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el
Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el
acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a
plazas de dichos cuerpos, por los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que
no se oponga a las normas precedentes, por la normativa reguladora de los concursos
de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios, aprobada por el Consejo
de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024 y por las demás normas
de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios
de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con
arreglo a las bases que a continuación se indican.
Primera.

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea
diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar
en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco
Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español.
b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación
establecida por la legislación vigente.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a

cve: BOE-A-2024-24413
Verificable en https://www.boe.es

Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos
generales: