Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24346)
Real Decreto 1023/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Electricidad y Electrónica; y Energía y Agua, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Viernes 22 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 156438

Productos y resultados
Calidad del biogás, asegurada. Desarrollo del proceso de valorización de biogás,
controlado. Nivel de comunicación, garantizado. Medidas sobre prevención de riesgos
laborales, implementadas.
Información utilizada o generada
Normas internas de trabajo. Sistemas de gestión de la operación: procedimientos de
arranque, operación y parada. Libros de relevo/instrucciones. Planes de producción.
Sistemas de gestión documental: elaboración de procedimientos. No conformidades.
Manuales equipos y plantas. Planos (P&ID, PFD, layouts, despieces, entre otros).
Documentación a generar: Informes de operación/producción durante el turno. Informes
de eventos acaecidos durante el turno. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Normativa medioambiental.
Unidad de competencia 4: gestionar el mantenimiento de las instalaciones,
maquinaria y equipos en plantas de biogás y/o biometano
Nivel: 3
Código: UC2839_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Ejecutar el plan de mantenimiento, tanto preventivo, como predictivo y
correctivo, para realizar las operaciones en equipos de instalaciones de biogás
y biometano, llevando entre otros: esquema de principio de la instalación,
procedimientos de puesta en marcha y de parada, operaciones anuales,
bianuales, mensuales.

– Tareas realizadas.
– Valores de parámetros medidos (niveles, consumos, vibraciones,
presiones, temperaturas, pH, humedad, entre otros).
– Repuestos consumidos.
– Anomalías o incidencias detectadas.
– Firma y fecha de responsable de ejecución.
Y siempre que durante su ejecución no se detecte ninguna anomalía
que requiera la apertura de una orden de trabajo correctiva para una
intervención rápida de emergencia.

cve: BOE-A-2024-24346
Verificable en https://www.boe.es

CR1.1 Los recursos humanos y técnicos tanto propios como externos para dar
cumplimiento al plan de mantenimiento se definen, analizando los
oficios, cualificación, formación, tareas, repuestos, herramientas,
maquinaria y equipos de medida que lo garanticen y asegurando la
inclusión de la normativa aplicable, gamas y procedimientos de trabajo
de los fabricantes y tecnólogos, así como gamas y procedimientos de
los instaladores-mantenedores.
CR1.2 El calendario de ejecución del plan de mantenimiento definido, y que no
requiera parada de planta, se realiza entregando los procedimientos de
ejecución y de reporte de tarea herramientas, máquinas y equipos de
medida acordes al trabajo a ejecutar, disponiendo de los permisos (de
uso de maquinaría y de actuación en zonas de riesgo elevado, trabajos
en caliente, trabajos con tensión, trabajos en altura entre otros),
dándose por realizada una vez se entreguen el parte u orden de trabajo
y modelo de informe cumplimentado, que permita su análisis posterior,
en el que al menos deberán de identificarse: