Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-24314)
Resolución 420/38480/2024, de 14 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas, trabajos de fin de grado y de máster o estancias de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 156165

La presente colaboración estará siempre supeditada a las necesidades de la
Defensa Nacional por lo que, surgida tal necesidad, el convenio quedará suspendido, en
tanto persista dicha necesidad o, en su caso, resuelto por parte del INTA, sin que sea
preciso aviso o denuncia previa en este sentido por parte del INTA y sin derecho o
reclamación de la otra parte, o de concesión de indemnización o compensación a su
favor.
No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución
del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
comisión del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones
en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su
finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
Novena.

Incumplimiento del convenio.

Dadas las características del convenio, en caso de incumplimiento de las
obligaciones y compromisos de las partes, el convenio quedará resuelto sin dar lugar a
indemnización por incumplimiento.
Décima. Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y se recogerá expresamente mediante la firma de una adenda, conforme a los
requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
citada ley.
Undécima.

Vigencia.

El convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se
establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tendrá una vigencia de cuatro años desde que devenga eficaz. Los firmantes podrán
acordar unánimemente su prórroga, antes de la finalización del plazo de vigencia
previsto, por un período de hasta cuatro años adicionales. Esta prórroga se formalizará
mediante la correspondiente adenda a este convenio, previa sustanciación de los
trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su
inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la
adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.

Legislación aplicable en materia de protección de datos y transparencia.

Los datos de contacto de los firmantes del presente convenio, y del resto de
personas de contacto que puedan intervenir, serán tratados en base a la ejecución del
convenio, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de
interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo,
control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio. Asimismo, las partes
firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no
ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a dpd@mde.es y/o a
protecciondedatos@uclm.es indicando como referencia en el asunto «Protección de
Datos». En su caso, el interesado también podrá plantear una reclamación ante la
autoridad de control competente. Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en

cve: BOE-A-2024-24314
Verificable en https://www.boe.es

Información a los firmantes: