Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-24320)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XI Convenio colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156204
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24320
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XI Convenio
colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda.
Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de modificación de los
artículos 8, 12, 17, 30, 31, 60, 63, 64 y los anexos II y III del XI Convenio colectivo de la
Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que fue publicado en el
BOE de 2 de febrero de 2010 (código de convenio número 90002052011987), acta que
ha sido suscrita con fecha 28 de octubre de 2024 por la Comisión Negociadora del citado
convenio, formada de una parte por la representante de la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de
los trabajadores afectados, y a la que se acompaña el informe favorable emitido por la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (Ministerio de Hacienda) en virtud de lo
previsto en el artículo 34 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de noviembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
En relación con el presente acuerdo, de conformidad con el artículo 67 del convenio,
«Ambas representaciones convienen en considerar lo pactado como un todo orgánico
indivisible, por lo que se considerará el convenio como nulo y sin eficacia alguna en el
supuesto de que por las autoridades competentes no fuese aprobado algún pacto
fundamental a juicio de cualquiera de las partes, con lo que quedaría desvirtuado el
contenido del convenio».
cve: BOE-A-2024-24320
Verificable en https://www.boe.es
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL XI CONVENIO COLECTIVO PARA LA FNMT-RCM
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 156204
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24320
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del XI Convenio
colectivo de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la
Moneda.
Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de modificación de los
artículos 8, 12, 17, 30, 31, 60, 63, 64 y los anexos II y III del XI Convenio colectivo de la
Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que fue publicado en el
BOE de 2 de febrero de 2010 (código de convenio número 90002052011987), acta que
ha sido suscrita con fecha 28 de octubre de 2024 por la Comisión Negociadora del citado
convenio, formada de una parte por la representante de la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de
los trabajadores afectados, y a la que se acompaña el informe favorable emitido por la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (Ministerio de Hacienda) en virtud de lo
previsto en el artículo 34 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de noviembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
En relación con el presente acuerdo, de conformidad con el artículo 67 del convenio,
«Ambas representaciones convienen en considerar lo pactado como un todo orgánico
indivisible, por lo que se considerará el convenio como nulo y sin eficacia alguna en el
supuesto de que por las autoridades competentes no fuese aprobado algún pacto
fundamental a juicio de cualquiera de las partes, con lo que quedaría desvirtuado el
contenido del convenio».
cve: BOE-A-2024-24320
Verificable en https://www.boe.es
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL XI CONVENIO COLECTIVO PARA LA FNMT-RCM