Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-24219)
Protocolo de adhesión al Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador, hecho en Bruselas el 11 de noviembre de 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Jueves 21 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 153978

Considerando que las Partes han acordado tratar la adhesión de Ecuador al acuerdo
mediante el presente Protocolo,
Han convenido en lo siguiente:
Sección I.

Partes contratantes

Artículo 1.
Ecuador pasa a ser Parte en el acuerdo, incluidas las modificaciones del mismo
establecidas en el Protocolo Adicional.
Sección II.

Disposiciones del acuerdo

Artículo 2.
El título, la lista de Países Andinos signatarios, el considerando 11 y los artículos 9,
11, 12, 13, 30, 41, 46, 48, 54, 57, 70, 78, 113, 120, 123, 124, 126, 127, 128, 137, 139,
142, 154, 167, 170, 202, 231, 232, 258, 278, 304 y 324 del acuerdo quedan modificados
conforme al anexo I del presente protocolo.
Sección III.

Cronogramas de eliminación arancelaria

Artículo 3.
1. En el anexo I, apéndice 1, sección B, del acuerdo se añade el texto que figura en
el anexo II del presente protocolo.
2. En el anexo I del acuerdo, tras el «Cronograma de eliminación arancelaria de la
Parte UE para mercancías originarias de Perú», se inserta el texto que figura en el
anexo III del presente Protocolo.
Artículo 4.
1. En el anexo I, apéndice 1, del Acuerdo se añade el texto que figura en el
anexo IV del presente Protocolo.
2. En el anexo I del acuerdo, tras el «Cronograma de Eliminación Arancelaria de
Perú para mercancías originarias de la Unión Europea», se inserta el texto que figura en
el anexo V del presente Protocolo.
Artículo 5.
El título de la sección A del apéndice 2 del anexo I del acuerdo se sustituye por el
texto siguiente:
«COLOMBIA Y ECUADOR.»
Normas de origen

Artículo 6.
El anexo II del Acuerdo se modifica con arreglo al anexo VI del presente Protocolo.

cve: BOE-A-2024-24219
Verificable en https://www.boe.es

Sección IV.