Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-24220)
Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre manipulación de competiciones deportivas, hecho en Magglingen/Macolin (Suiza) el 18 de septiembre de 2014.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 155705
Suiza.
– Reserva incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
De conformidad con el apartado 1 del artículo 37, así como con el apartado 2 del
artículo 19 del Convenio, Suiza se reserva el derecho a no aplicar la letra d) del
apartado 1 del artículo 19.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
– Declaración incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
En aplicación del apartado 1 del artículo 9 del Convenio, las autoridades que se
ocuparán de aplicar la regulación de las apuestas deportivas y de las medidas
pertinentes para combatir la manipulación de las competiciones deportivas en relación
con las apuestas deportivas serán la Commission Intercantonale des loteries et paris
[Comisión Intercantonal de Loterías y Apuestas] (Comlot), 3012 Berna.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
– Declaración incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
En aplicación del apartado 1 del artículo 13 del Convenio, la plataforma nacional que
se ocupará de tratar la manipulación de las competiciones deportivas será la
Commission Intercantonale des loteries et paris [Comisión Intercantonal de Loterías y
Apuestas] (Comlot), 3012 Berna.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
****
El presente Convenio entró en vigor con carácter general el 1 de septiembre de 2019
y entrará en vigor para España el 1 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto
en los apartados 4 y 5 de su artículo 32.
cve: BOE-A-2024-24220
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de noviembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 281
Jueves 21 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 155705
Suiza.
– Reserva incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
De conformidad con el apartado 1 del artículo 37, así como con el apartado 2 del
artículo 19 del Convenio, Suiza se reserva el derecho a no aplicar la letra d) del
apartado 1 del artículo 19.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
– Declaración incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
En aplicación del apartado 1 del artículo 9 del Convenio, las autoridades que se
ocuparán de aplicar la regulación de las apuestas deportivas y de las medidas
pertinentes para combatir la manipulación de las competiciones deportivas en relación
con las apuestas deportivas serán la Commission Intercantonale des loteries et paris
[Comisión Intercantonal de Loterías y Apuestas] (Comlot), 3012 Berna.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
– Declaración incluida en el instrumento de ratificación depositado el 16 de mayo
de 2019 (original inglés).
En aplicación del apartado 1 del artículo 13 del Convenio, la plataforma nacional que
se ocupará de tratar la manipulación de las competiciones deportivas será la
Commission Intercantonale des loteries et paris [Comisión Intercantonal de Loterías y
Apuestas] (Comlot), 3012 Berna.
Fecha de efectos: 1 de septiembre de 2019.
****
El presente Convenio entró en vigor con carácter general el 1 de septiembre de 2019
y entrará en vigor para España el 1 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto
en los apartados 4 y 5 de su artículo 32.
cve: BOE-A-2024-24220
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 14 de noviembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
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