Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-24189)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 153808
debate con los miembros de la comisión de selección de una duración máxima de
noventa minutos.
– Segunda prueba. Exposición y debate público con los miembros de la comisión
de selección de un proyecto académico (docente, investigador y de gestión) a realizar al
incorporarse en la plaza objeto de concurso. El tribunal valorará especialmente la
novedad y originalidad, así como la proyección de futuro del proyecto de investigación.
La duración máxima de este ejercicio será de noventa minutos, seguido de un debate
con los miembros de la comisión de selección de una duración máxima también de
noventa minutos.
Ambas pruebas podrán efectuarse en un único acto por cada uno de los candidatos o
candidatas, a criterio de la comisión de selección correspondiente. Esta opción se
notificará junto con la convocatoria al acto de presentación de documentación de
personas candidatas, de acuerdo con la base 6.2. En todo caso, las comisiones de
selección tendrán que consignar el resultado de cada uno de los ejercicios por separado.
7.
Propuesta de nombramiento
Una vez finalizado el concurso, la comisión de selección elabora la relación de las
personas que lo han superado, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida, y
proponen al rector, en el plazo de (5) cinco días hábiles, de manera motivada y con
carácter vinculante, una relación de las personas candidatas por orden de preferencia,
de acuerdo con la valoración obtenida, para su nombramiento, relación que no puede
superar el número de plazas convocadas. Igualmente, el proceso puede concluir con la
propuesta de no proveer la plaza convocada. En el plazo máximo de (5) cinco días
después del final de la actuación de la comisión de selección el secretario o secretaria de
esta libra a la sede de la comisión, de acuerdo con la base 5.11, el acta del concurso.
Contra el resultado de la propuesta de nombramiento, las persones candidatas
pueden presentar una reclamación ante el rector, en el plazo de (10) diez días hábiles, a
contar de la fecha de publicación de esta propuesta a la página web de la UPC, de
acuerdo con la base 1.7.
De presentarse alguna reclamación, y una vez admitida a trámite, se suspenderá el
nombramiento hasta su resolución.
Tal como establece el artículo 78.1 de los EUPC, la Comisión de Apelación valora las
reclamaciones contra las propuestas de las comisiones de acceso y ratifica o no la
propuesta reclamada. Posteriormente, el rector dicta una resolución congruente con el
que ha decidido la Comisión de Apelación.
Acreditación de requisitos y nombramiento
El candidato o la candidata propuestos para la provisión de la plaza tendrán que
presentar en el plazo de (20) veinte días hábiles desde la publicación de la propuesta de
nombramiento, si procede, la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa
que certifique que reúne los requisitos de la base 2.
El nombramiento y la toma de posesión de la persona candidata propuesta para
proveer la plaza se tiene que efectuar según el que dispone el apartado 18 del
Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador
permanente.
9.
Derecho de acceso a la documentación
La documentación que aporten los participantes en el concurso está sujeta en el
artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de
las administraciones públicas de Cataluña. Los documentos que se libren tienen que
evitar información que sea innecesaria para la finalidad pretensa o que requiera una
cve: BOE-A-2024-24189
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 153808
debate con los miembros de la comisión de selección de una duración máxima de
noventa minutos.
– Segunda prueba. Exposición y debate público con los miembros de la comisión
de selección de un proyecto académico (docente, investigador y de gestión) a realizar al
incorporarse en la plaza objeto de concurso. El tribunal valorará especialmente la
novedad y originalidad, así como la proyección de futuro del proyecto de investigación.
La duración máxima de este ejercicio será de noventa minutos, seguido de un debate
con los miembros de la comisión de selección de una duración máxima también de
noventa minutos.
Ambas pruebas podrán efectuarse en un único acto por cada uno de los candidatos o
candidatas, a criterio de la comisión de selección correspondiente. Esta opción se
notificará junto con la convocatoria al acto de presentación de documentación de
personas candidatas, de acuerdo con la base 6.2. En todo caso, las comisiones de
selección tendrán que consignar el resultado de cada uno de los ejercicios por separado.
7.
Propuesta de nombramiento
Una vez finalizado el concurso, la comisión de selección elabora la relación de las
personas que lo han superado, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida, y
proponen al rector, en el plazo de (5) cinco días hábiles, de manera motivada y con
carácter vinculante, una relación de las personas candidatas por orden de preferencia,
de acuerdo con la valoración obtenida, para su nombramiento, relación que no puede
superar el número de plazas convocadas. Igualmente, el proceso puede concluir con la
propuesta de no proveer la plaza convocada. En el plazo máximo de (5) cinco días
después del final de la actuación de la comisión de selección el secretario o secretaria de
esta libra a la sede de la comisión, de acuerdo con la base 5.11, el acta del concurso.
Contra el resultado de la propuesta de nombramiento, las persones candidatas
pueden presentar una reclamación ante el rector, en el plazo de (10) diez días hábiles, a
contar de la fecha de publicación de esta propuesta a la página web de la UPC, de
acuerdo con la base 1.7.
De presentarse alguna reclamación, y una vez admitida a trámite, se suspenderá el
nombramiento hasta su resolución.
Tal como establece el artículo 78.1 de los EUPC, la Comisión de Apelación valora las
reclamaciones contra las propuestas de las comisiones de acceso y ratifica o no la
propuesta reclamada. Posteriormente, el rector dicta una resolución congruente con el
que ha decidido la Comisión de Apelación.
Acreditación de requisitos y nombramiento
El candidato o la candidata propuestos para la provisión de la plaza tendrán que
presentar en el plazo de (20) veinte días hábiles desde la publicación de la propuesta de
nombramiento, si procede, la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa
que certifique que reúne los requisitos de la base 2.
El nombramiento y la toma de posesión de la persona candidata propuesta para
proveer la plaza se tiene que efectuar según el que dispone el apartado 18 del
Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador
permanente.
9.
Derecho de acceso a la documentación
La documentación que aporten los participantes en el concurso está sujeta en el
artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de
las administraciones públicas de Cataluña. Los documentos que se libren tienen que
evitar información que sea innecesaria para la finalidad pretensa o que requiera una
cve: BOE-A-2024-24189
Verificable en https://www.boe.es
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