Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24197)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el Convenio con Canis Familiaris, SL, en relación con los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, por el que se establece como centro de aislamiento autorizado, a efectos de control de entrada de animales de compañía por los puntos de entrada de viajeros de la frontera terrestre entre la Ciudad de Ceuta y Marruecos, a Canis Familiaris, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 153872
ANEXO I
Documento para la suspensión de tránsito del servicio de aduanas
DOCUMENTO PARA LA INTERVENCIÓN DE ADUANAS PARA ANIMALES QUE INCUMPLEN
EL REGLAMENTO (UE) 576/2013
SOLICITANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS:
DNI/NIE/ PASAPORTE:
DOMICILIO:
IDENTIFICACIÓN DEL ANIMAL:
Nº MICROCHIP:
RAZA:
PELAJE (color y tipo):
OTROS DATOS:
TELÉFONO:
ESPECIE:
SEXO Y EDAD:
SOLICITUD
En aplicación de la normativa abajo descrita, la persona que firma el presente documento y cuyos
datos figuran en el mismo, está obligada a solicitar una de las siguientes opciones, que deberá marcar
con una .
1.- Reexpedición al país de origen.
2.- Aislamiento bajo control de los servicios veterinarios con pago de los gastos correspondientes
a cargo del propietario del animal.
3.- Eutanasia del animal sin derecho a una indemnización, previo pago de los gastos
correspondientes.
TODOS LOS COSTES GENERADOS DEBERÁN SER ABONADOS POR EL PROPIETARIO.
Si una vez elegido un destino, no continúa con el procedimiento mediante la firma de los documentos
oficiales que corresponda en cada caso (para la reexpedición bastará con presentar el billete de
regreso) en el plazo de 5 días, se considerará que ha abandonado su animal. En este caso, la
Administración competente iniciará los trámites de denuncia por la comisión de un delito de abandono
animal, según la Ley 8/2003, y podrá decidir sobre el destino del animal, pudiendo ser este, el
sacrificio de su mascota.
Si Ud se ausenta del punto de entrada sin solicitar una de las opciones anteriores, su mascota se aislará bajo control oficial, y pasados 5 días se considerará que ha abandonado su animal. En este caso, la administración competente iniciará
los trámites de denuncia por la comisión de un delito de abandono animal según la Ley 8/2003 y podrá decidir sobre el
destino del animal, pudiendo ser
este, el sacrificio de su mascota.
Recibí (firma, nombre y DNI): …………………………………………………………….
cve: BOE-A-2024-24197
Verificable en https://www.boe.es
NORMATIVA APLICABLE
• REGLAMENTO (UE) nº 576/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12
de junio de 2013, en el artículo 35 del CAPÍTULO III, “Disposiciones relativa a los
desplazamientos procedentes de terceros países” establece que el propietario o la persona
física responsable del animal deberá poder presentar a las autoridades encargadas de los
controles un pasaporte o el certificado que acredite que el animal cumple los requisitos
necesarios para el desplazamiento.
• REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 577/2013 DE LA COMISIÓN de 28 de junio de 2013.
En Ceuta, el…..de…………………de 20….
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 153872
ANEXO I
Documento para la suspensión de tránsito del servicio de aduanas
DOCUMENTO PARA LA INTERVENCIÓN DE ADUANAS PARA ANIMALES QUE INCUMPLEN
EL REGLAMENTO (UE) 576/2013
SOLICITANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS:
DNI/NIE/ PASAPORTE:
DOMICILIO:
IDENTIFICACIÓN DEL ANIMAL:
Nº MICROCHIP:
RAZA:
PELAJE (color y tipo):
OTROS DATOS:
TELÉFONO:
ESPECIE:
SEXO Y EDAD:
SOLICITUD
En aplicación de la normativa abajo descrita, la persona que firma el presente documento y cuyos
datos figuran en el mismo, está obligada a solicitar una de las siguientes opciones, que deberá marcar
con una .
1.- Reexpedición al país de origen.
2.- Aislamiento bajo control de los servicios veterinarios con pago de los gastos correspondientes
a cargo del propietario del animal.
3.- Eutanasia del animal sin derecho a una indemnización, previo pago de los gastos
correspondientes.
TODOS LOS COSTES GENERADOS DEBERÁN SER ABONADOS POR EL PROPIETARIO.
Si una vez elegido un destino, no continúa con el procedimiento mediante la firma de los documentos
oficiales que corresponda en cada caso (para la reexpedición bastará con presentar el billete de
regreso) en el plazo de 5 días, se considerará que ha abandonado su animal. En este caso, la
Administración competente iniciará los trámites de denuncia por la comisión de un delito de abandono
animal, según la Ley 8/2003, y podrá decidir sobre el destino del animal, pudiendo ser este, el
sacrificio de su mascota.
Si Ud se ausenta del punto de entrada sin solicitar una de las opciones anteriores, su mascota se aislará bajo control oficial, y pasados 5 días se considerará que ha abandonado su animal. En este caso, la administración competente iniciará
los trámites de denuncia por la comisión de un delito de abandono animal según la Ley 8/2003 y podrá decidir sobre el
destino del animal, pudiendo ser
este, el sacrificio de su mascota.
Recibí (firma, nombre y DNI): …………………………………………………………….
cve: BOE-A-2024-24197
Verificable en https://www.boe.es
NORMATIVA APLICABLE
• REGLAMENTO (UE) nº 576/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12
de junio de 2013, en el artículo 35 del CAPÍTULO III, “Disposiciones relativa a los
desplazamientos procedentes de terceros países” establece que el propietario o la persona
física responsable del animal deberá poder presentar a las autoridades encargadas de los
controles un pasaporte o el certificado que acredite que el animal cumple los requisitos
necesarios para el desplazamiento.
• REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 577/2013 DE LA COMISIÓN de 28 de junio de 2013.
En Ceuta, el…..de…………………de 20….