Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24197)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se publica el Convenio con Canis Familiaris, SL, en relación con los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, por el que se establece como centro de aislamiento autorizado, a efectos de control de entrada de animales de compañía por los puntos de entrada de viajeros de la frontera terrestre entre la Ciudad de Ceuta y Marruecos, a Canis Familiaris, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 153871

La existencia de cualquier discrepancia entre las partes en relación con la
interpretación o ejecución de lo establecido en el presente convenio, no resuelta en el
seno de la Comisión de Seguimiento, se resolverá por los órganos del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación
reguladora.
Undécima.

Régimen de protección de datos personales y de confidencialidad.

La Delegación del Gobierno en la Ciudad de Ceuta es responsable de la actividad de
tratamiento de los datos de carácter personal, de acuerdo con lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Ambas partes se comprometen a utilizar los datos de carácter personal durante la
ejecución del convenio, en los términos establecidos en el Reglamento general de
protección de datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y en el resto de
normativa aplicable. En especial estarán sujetas a los deberes de confidencialidad y de
secreto profesional. Una vez finalizada la correspondiente tramitación, los datos se
mantienen mientras que puedan ser necesarios para atender responsabilidades, y de
acuerdo con la normativa de archivos y documentación.
Se cumplirán las disposiciones relativas a transparencia en la información,
comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado en los términos
establecidos en el Reglamento general de protección de datos, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y en el resto de normativa aplicable.
Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros ni
siquiera para su conservación. Queda exceptuada la cesión de datos a la Administración
Pública cuando ésta provenga de una obligación legal.
Las partes firmantes del convenio están obligadas a implantar las medidas técnicas y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado en
los términos establecidos en el Reglamento general de protección de datos, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y en el resto de normativa aplicable.

cve: BOE-A-2024-24197
Verificable en https://www.boe.es

Con el más amplio sentido de colaboración y en prueba de conformidad, los
intervinientes firman el presente convenio, a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba
indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019,
de 19 de enero), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria,
Ana Rodríguez Castaño.–Canis Familiaris SL, la Administradora Única, Eloísa Jiménez
Sánchez.