Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-24104)
Real Decreto 1159/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 153611

17.º Desarrollar programas que tengan como objeto mejorar la calidad de vida de
las personas mayores, con discapacidad u otros colectivos en desigualdad social.
18.º Programas que faciliten o favorezcan el ejercicio de derechos sociales tales
como la salud, educación, la cultura, de personas o colectivos en riesgo de pobreza y/o
exclusión social, en situación de vulnerabilidad.
b) Programa de refuerzo de actividades enmarcadas en las prestaciones básicas
de servicios sociales. Actuaciones a realizar:
1.º Reforzar las Prestaciones Básicas de los Servicios Sociales de atención
primaria y comunitaria para atender a las siguientes prestaciones:
i)
ii)
iii)
iv)
v)

Información y orientación.
Ayuda a domicilio.
Alojamiento y convivencia.
Prevención e inserción social.
Cooperación social y fomento de la solidaridad.

Se incluyen ayudas y prestaciones económicas, de carácter complementario a esas
prestaciones básicas.
2.º Actuaciones que impliquen la digitalización de los procedimientos y nuevas
formas de atención no presencial y aporten valor a la intervención social.
3.º Actuaciones para favorecer la implementación del Sistema de Información de
Personas Usuarias de Servicios Sociales (SIUSS).
En ningún caso tendrán la condición de gastos subvencionables los gastos en
inversiones.
Artículo 22. Gastos subvencionables relativos a la Federación Española de Municipios
y Provincias.

a) Mantenimiento, actualizaciones y mejoras de la plataforma on-line Familias en
Positivo, sobre parentalidad positiva, dirigida tanto a familias como a profesionales y
técnicos, incluyendo la edición y difusión de boletines informativos.
b) El incentivo de la concesión de nuevos reconocimientos a la promoción de la
parentalidad positiva a entidades locales y programas con plan de mejora de acuerdo
con el protocolo de buenas prácticas en parentalidad.
c) La promoción del desarrollo de investigaciones y estudios sobre atención y
apoyo a las familias con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios ofertados a las
familias en el ámbito de actuación de los gobiernos locales.
d) La celebración de actividades de formación e intercambio de experiencias de
profesionales, técnicos y responsables de servicios y programas de atención a las
familias sobre el enfoque de la Parentalidad Positiva y la aplicación del Protocolo de
Buenas Prácticas.
e) El impulso de procesos que permitan el conocimiento compartido de las políticas
públicas y las mejores prácticas de intervención con familias basadas en la evidencia
científica, contando con expertos y representantes del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030 y de la Federación Española de Municipios y Provincias para
favorecer las políticas de parentalidad positiva en el ámbito de actuación de las
administraciones locales.

cve: BOE-A-2024-24104
Verificable en https://www.boe.es

1. En relación con la subvención destinada a la Federación Española de Municipios
y Provincias para medidas de apoyo a la parentalidad positiva, serán subvencionables
los gastos asociados a las siguientes actuaciones: