Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152870
– Indicar a la clientela las pautas de manipulación y conservación de los
cosméticos termales de uso personal en el domicilio.
C6: Aplicar los criterios e instrumentos de evaluación para valorar la calidad de la
aplicación de cosmética termal, utilizando los medios y soportes definidos en el
protocolo.
CE6.1 Identificar los aspectos claves que deben ser evaluados por ser
determinantes para la calidad del servicio prestado, mediante el análisis
de los procesos de aplicación de cosmética termal.
CE6.2 En un supuesto práctico de evaluación de la calidad en la aplicación de
cosmética termal, siguiendo un orden establecido:
– Aplicar técnicas de observación, mediante instrumentos diversos.
– Enunciar preguntas tipo que permitan detectar la evaluación del
proceso.
– Valorar el resultado final de la aplicación de cosmética termal,
teniéndolo en cuenta en futuras ocasiones.
– Enunciar preguntas tipo que permitan evaluar la atención personal
recibida.
CE6.3 Analizar las causas de tipo técnico y de atención a la clientela, que
pueden dar lugar a deficiencias en el servicio prestado, corrigiéndolas
para posteriores ocasiones.
CE6.4 Reconocer la existencia de normas de calidad para instalaciones, medios
técnicos y productos, siguiéndolas en el desarrollo de la actividad.
CE6.5 Explicar los criterios que permiten evaluar la calidad tanto del proceso de
prestación del servicio como de los resultados finales obtenidos
(satisfacción de la clientela, cumplimiento de los tiempos, entre otros),
utilizando un lenguaje sin tecnicismos.
CE6.6 En un supuesto práctico de evaluación de aplicación de cosmética
termal, identificando los puntos a introducir mejora del servicio prestado:
– Identificar los indicadores de calidad en los procesos de aplicación de
cosméticos termales.
– Esquematizar el proceso de prestación del servicio, asociando las
anomalías detectadas con la fase en la que se han producido.
– Evaluar los resultados de las fases del proceso y resultado final.
– Detectar las desviaciones y anomalías producidas en la aplicación de
los cosméticos termales, analizando y valorando las causas que las
han producido.
– Proponer en caso de desviaciones durante la aplicación de cosmética
termal, medidas que permitan la adecuación de los resultados
obtenidos a los esperados y la optimización en la prestación del
servicio.
– Evaluar el grado de satisfacción de la supuesta clientela, anotando las
posibles incidencias, y proponiendo medidas correctoras en la
prestación de la aplicación de cosméticos termales.
CE6.7 Describir criterios que permitan establecer las normas de actuación en
situaciones inesperadas, resolviendo así posibles incidencias que
afecten a la calidad del servicio hidrotermal.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo
C1 respecto a CE1.2 y CE1.5; C2 respecto a CE2.4; C3 respecto a CE3.2; C4
respecto a CE4.4 y CE4.5; C5 respecto a CE5.2 y CE5.4; C6 respecto a CE6.2 y CE6.6.
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152870
– Indicar a la clientela las pautas de manipulación y conservación de los
cosméticos termales de uso personal en el domicilio.
C6: Aplicar los criterios e instrumentos de evaluación para valorar la calidad de la
aplicación de cosmética termal, utilizando los medios y soportes definidos en el
protocolo.
CE6.1 Identificar los aspectos claves que deben ser evaluados por ser
determinantes para la calidad del servicio prestado, mediante el análisis
de los procesos de aplicación de cosmética termal.
CE6.2 En un supuesto práctico de evaluación de la calidad en la aplicación de
cosmética termal, siguiendo un orden establecido:
– Aplicar técnicas de observación, mediante instrumentos diversos.
– Enunciar preguntas tipo que permitan detectar la evaluación del
proceso.
– Valorar el resultado final de la aplicación de cosmética termal,
teniéndolo en cuenta en futuras ocasiones.
– Enunciar preguntas tipo que permitan evaluar la atención personal
recibida.
CE6.3 Analizar las causas de tipo técnico y de atención a la clientela, que
pueden dar lugar a deficiencias en el servicio prestado, corrigiéndolas
para posteriores ocasiones.
CE6.4 Reconocer la existencia de normas de calidad para instalaciones, medios
técnicos y productos, siguiéndolas en el desarrollo de la actividad.
CE6.5 Explicar los criterios que permiten evaluar la calidad tanto del proceso de
prestación del servicio como de los resultados finales obtenidos
(satisfacción de la clientela, cumplimiento de los tiempos, entre otros),
utilizando un lenguaje sin tecnicismos.
CE6.6 En un supuesto práctico de evaluación de aplicación de cosmética
termal, identificando los puntos a introducir mejora del servicio prestado:
– Identificar los indicadores de calidad en los procesos de aplicación de
cosméticos termales.
– Esquematizar el proceso de prestación del servicio, asociando las
anomalías detectadas con la fase en la que se han producido.
– Evaluar los resultados de las fases del proceso y resultado final.
– Detectar las desviaciones y anomalías producidas en la aplicación de
los cosméticos termales, analizando y valorando las causas que las
han producido.
– Proponer en caso de desviaciones durante la aplicación de cosmética
termal, medidas que permitan la adecuación de los resultados
obtenidos a los esperados y la optimización en la prestación del
servicio.
– Evaluar el grado de satisfacción de la supuesta clientela, anotando las
posibles incidencias, y proponiendo medidas correctoras en la
prestación de la aplicación de cosméticos termales.
CE6.7 Describir criterios que permitan establecer las normas de actuación en
situaciones inesperadas, resolviendo así posibles incidencias que
afecten a la calidad del servicio hidrotermal.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo
C1 respecto a CE1.2 y CE1.5; C2 respecto a CE2.4; C3 respecto a CE3.2; C4
respecto a CE4.4 y CE4.5; C5 respecto a CE5.2 y CE5.4; C6 respecto a CE6.2 y CE6.6.
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280