Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152869
CE4.2 Reconocer los microorganismos, explicando sus mecanismos de
transmisión y los medios para evitarlo.
CE4.3 Diferenciar las técnicas de limpieza, desinfección y esterilización,
reconociendo su uso en cada momento.
CE4.4 En un supuesto práctico de información y asesoramiento a la clientela
sobre las técnicas de cosmética termal que se le van a aplicar:
– Acomodar a la clientela y transmitir instrucciones sobre posturas,
movimientos y actitudes que debe mantener durante la ejecución de la
técnica, así como las sensaciones que va a experimentar.
CE4.5 En un supuesto práctico de aplicación de cosmética termal, en función de
un servicio demandado:
– Aplicar los cosméticos termales, manejando con destreza los medios
técnicos, manteniendo en todo momento las medidas de seguridad e
higiene.
– Controlar la evolución del proceso, valorando y atendiendo las
observaciones de la clientela durante la ejecución del servicio.
– Identificar en la clientela los efectos no deseados o reacciones
adversas durante la aplicación del servicio, reconociendo la eventual
necesidad de suspender la aplicación y, en su caso, derivar al personal
profesional sanitario.
– Registrar en la ficha técnica las incidencias surgidas en la ejecución
del servicio y las observaciones de la clientela.
CE4.6 Explicar a la clientela las pautas a seguir en caso de reacciones no
deseadas en la aplicación de cosmética termal.
C5: Aplicar técnicas de información y asesoramiento sobre los efectos e indicaciones
de la cosmética termal, relacionándolas con las necesidades y demandas de la
clientela.
CE5.1 Indicar la información que debe recibir la clientela sobre el desarrollo del
tratamiento que ha recibido, explicándole en qué consiste su
colaboración para mantener y potenciar los resultados.
CE5.2 En un supuesto práctico de información y asesoramiento a la clientela
posterior a la aplicación de cosmética termal:
– Especificar propuestas de servicios indicados para sus demandas y
necesidades.
– Detallar la duración, número de sesiones y frecuencia de aplicación de
servicios para obtener los mejores resultados y la propuesta de
tratamiento.
– Indicar los efectos y resultados que se pretende conseguir con la
aplicación de cosméticos termales.
CE5.3 Asesorar a la clientela sobre pautas de vida saludable (alimentación,
prácticas deportivas, entre otros) que puedan potenciar los efectos de los
tratamientos de cosmética termal, derivándola a profesionales de esos
sectores, en caso necesario.
CE5.4 En un supuesto práctico de asesoramiento y venta de productos de
cosmética termal, considerando el perfil de la clientela:
– Asesorar a la clientela sobre el uso de productos cosméticos en el
ámbito domiciliario que favorezcan el tratamiento aplicado.
– Realizar la propuesta de venta de cosméticos termales de uso
personal, explicando sus propiedades.
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Miércoles 20 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 152869
CE4.2 Reconocer los microorganismos, explicando sus mecanismos de
transmisión y los medios para evitarlo.
CE4.3 Diferenciar las técnicas de limpieza, desinfección y esterilización,
reconociendo su uso en cada momento.
CE4.4 En un supuesto práctico de información y asesoramiento a la clientela
sobre las técnicas de cosmética termal que se le van a aplicar:
– Acomodar a la clientela y transmitir instrucciones sobre posturas,
movimientos y actitudes que debe mantener durante la ejecución de la
técnica, así como las sensaciones que va a experimentar.
CE4.5 En un supuesto práctico de aplicación de cosmética termal, en función de
un servicio demandado:
– Aplicar los cosméticos termales, manejando con destreza los medios
técnicos, manteniendo en todo momento las medidas de seguridad e
higiene.
– Controlar la evolución del proceso, valorando y atendiendo las
observaciones de la clientela durante la ejecución del servicio.
– Identificar en la clientela los efectos no deseados o reacciones
adversas durante la aplicación del servicio, reconociendo la eventual
necesidad de suspender la aplicación y, en su caso, derivar al personal
profesional sanitario.
– Registrar en la ficha técnica las incidencias surgidas en la ejecución
del servicio y las observaciones de la clientela.
CE4.6 Explicar a la clientela las pautas a seguir en caso de reacciones no
deseadas en la aplicación de cosmética termal.
C5: Aplicar técnicas de información y asesoramiento sobre los efectos e indicaciones
de la cosmética termal, relacionándolas con las necesidades y demandas de la
clientela.
CE5.1 Indicar la información que debe recibir la clientela sobre el desarrollo del
tratamiento que ha recibido, explicándole en qué consiste su
colaboración para mantener y potenciar los resultados.
CE5.2 En un supuesto práctico de información y asesoramiento a la clientela
posterior a la aplicación de cosmética termal:
– Especificar propuestas de servicios indicados para sus demandas y
necesidades.
– Detallar la duración, número de sesiones y frecuencia de aplicación de
servicios para obtener los mejores resultados y la propuesta de
tratamiento.
– Indicar los efectos y resultados que se pretende conseguir con la
aplicación de cosméticos termales.
CE5.3 Asesorar a la clientela sobre pautas de vida saludable (alimentación,
prácticas deportivas, entre otros) que puedan potenciar los efectos de los
tratamientos de cosmética termal, derivándola a profesionales de esos
sectores, en caso necesario.
CE5.4 En un supuesto práctico de asesoramiento y venta de productos de
cosmética termal, considerando el perfil de la clientela:
– Asesorar a la clientela sobre el uso de productos cosméticos en el
ámbito domiciliario que favorezcan el tratamiento aplicado.
– Realizar la propuesta de venta de cosméticos termales de uso
personal, explicando sus propiedades.
cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280