Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 152860

– Añadir los aditivos a los baños, atendiendo a su composición,
propiedades, temperatura del agua, entre otros, siguiendo las
indicaciones de la empresa fabricante.
– Ayudar a la persona a introducirse en la bañera, acomodándola en la
forma (sentada, tumbada en decúbito prono, decúbito supino, entre
otras) y lugar, transmitiéndole las instrucciones sobre las posturas,
movimientos y actitudes que debe mantener durante el proceso del
baño, así como las sensaciones que va a experimentar.
– Describir la información que se debe proporcionar a la clientela sobre
los mecanismos de aviso al personal y de alarma.
– Comprobar los parámetros de aplicación y que el estado de bienestar
de la clientela es satisfactorio, supervisando la evolución del proceso
periódicamente.
– Registrar los incidentes relacionados con la aplicación de estos
servicios hidrotermales en la ficha técnica personal de la clientela.
CE3.6 En un supuesto práctico de aplicación de masaje con chorro subacuático,
controlando variables como presión y temperatura, entre otros:
– Seleccionar los parámetros de presión, temperatura y tiempo de
aplicación, comprobando el estado de la supuesta clientela.
– Aplicar técnicas de masaje subacuático, siguiendo los manuales de
procedimiento sobre las zonas corporales establecidas en la ficha
técnica personal.
– Registrar los incidentes relacionados con la aplicación de estos
servicios hidrotermales en la ficha técnica personal de la clientela.
CE3.7 En un supuesto práctico de aplicación de técnicas hidrotermales con
presión y masaje bajo ducha, personalizando su aplicación según la
clientela:
– Reconocer que la indumentaria y accesorios (toalla, bandó, tanga
desechable, entre otros) de la clientela son los adecuados para la
aplicación de la técnica.
– Identificar la zona del cuerpo parcial o total (corporal/facial, espalda,
extremidades, entre otros), en la que se vaya a aplicar la técnica,
acomodando a la clientela en el lugar y en forma en función de ello.
– Transmitir a la clientela las instrucciones sobre las posturas,
movimientos y actitudes que debe mantener durante la ejecución de la
técnica, según sean chorros, duchas, o baños con presión, masaje
bajo ducha, entre otros, así como las sensaciones que va a
experimentar.
– Describir las precauciones que se deben tomar para prevenir o evitar
reacciones no deseadas en el caso de que la persona presente
fragilidad capilar o varices.
– Informar a la clientela sobre los mecanismos de aviso al personal y de
alarma, mediante charla informática o folletos, entre otros.
– Aplicar técnicas de chorros y de masaje bajo ducha seleccionando los
parámetros de: presión, temperatura, distancia y tiempo de aplicación,
realizando las manipulaciones con destreza, y respetando las
precauciones según la secuencia y el orden previstos, registrando los
incidentes que surjan en este proceso en la ficha técnica personal de
la clientela.

cve: BOE-A-2024-24101
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Núm. 280