Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-24101)
Real Decreto 1024/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen Personal; Imagen y Sonido; Madera, Mueble y Corcho; y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 152844

Contexto profesional
Medios de producción
Productos minerales: arcillas, escayola, caolín, bentonitas, montmorillonitas, arenas y
sílices abrasivas. Peloides inorgánicos: lodos, fangos y limos. Peloides orgánicos: turbas
y biogleas. Parafangos y parafinas. Productos de origen marino: algas y sus mucílagos,
sales, fitoplancton, entre otros. Productos de origen vegetal: plantas y sus extractos, y
aceites esenciales. Productos de origen animal: plancton, gelatinas y proteínas de peces,
quitina y chitosán. Colorantes y otros aditivos. Duchas. Útiles para la aplicación de
técnicas cosméticas y equipos para su calentamiento. Camilla, manta de sudación,
soportes para envolturas y compresas. Lencería y desechables: albornoz, toallas,
zapatillas, bañador, gorro, tangas y braguitas/slip/boxer, batas, alfombrillas, sabanillas.
Productos y aparatos específicos para limpiar y desinfectar y/o esterilizar las
instalaciones, medios y equipos técnicos. Equipos y programas informáticos.
Productos y resultados
Servicios hidrotermales vinculados a la aplicación de cosmética termal,
personalizados. Puesta a punto de equipos, medios y productos para la aplicación de
cosméticos termales, revisados. Cosméticos termales y su técnica de aplicación,
seleccionados. Aplicaciones de técnicas cosméticas termales, realizadas. Clientela
asesorada. Calidad global del servicio prestado y resultado de los servicios con técnicas
cosméticas termales, valorados.
Información utilizada o generada
Ficha técnica y seguimiento de la clientela. Manual de Hidrología. Manual de
Cosmetología. Informe prescriptivo médico. Normativa de calidad. Protocolo de
aplicación de cosmética termal en los servicios hidrotermales. Bibliografía técnica
especializada. Normativa sobre protección medio ambiental. Normativa sobre protección
de datos. Normativa aplicable sobre prevención de riesgos laborales.
Unidad de competencia 5: realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines
estéticos
Nivel: 3
Código: UC0063_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización

CR1.1 Las características de la zona a tratar se evalúan, para atender a las
necesidades y demandas del cliente, registrando en la ficha técnica los
datos obtenidos y comprobando que no existen contraindicaciones
relativas o absolutas para la aplicación del masaje.
CR1.2 La técnica de masaje se selecciona en base al diagnóstico estético,
evaluando la morfología de la zona anatómica a tratar, el tipo de
alteración estética que presenta, el estado del cliente y los cosméticos
a utilizar, entre otros, para aplicar un masaje general, local o parcial
adaptado a las características del cliente.
CR1.3 Los parámetros de las maniobras del masaje: tiempo, dirección,
intensidad y ritmo se adecuan a la técnica de masaje estético
seleccionado, para personalizar en el protocolo de trabajo, según la

cve: BOE-A-2024-24101
Verificable en https://www.boe.es

RP1: Determinar la técnica de masaje estético manual y/o mecánico, seleccionando
las maniobras y los parámetros de aplicación, en función del diagnóstico y
protocolo del tratamiento estético establecido, para adaptarlo a las demandas y
características del cliente.