Comunidad de Castilla y León. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-24216)
Acuerdo 105/2024, de 7 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el complejo minero-industrial de La Recuelga, en el municipio de Páramo del Sil (León), bien de interés cultural con categoría de conjunto etnológico.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Miércoles 20 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 153966

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de
noviembre de 2024, adopta el siguiente acuerdo:
Declarar el complejo minero-industrial de La Recuelga, en el municipio de Páramo
del Sil (León), Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Etnológico, de acuerdo
con la descripción que figura como anexo del presente acuerdo con la siguiente
delimitación:
1.

Lavadero de Antracitas de Fabero.

Está conformado por los edificios del lavadero, tolvas, garita o zona de control, casa
almacén, oficinas y vivienda, además de la báscula y los espacios intermedios entre las
diferentes construcciones según el plano que acompaña la declaración.
Estos elementos se sitúan en las parcelas catastrales:






2.

001800700QH04A0001QS (completa). Lavadero.
002301200QH04A0001YS (completa). Tolvas.
001800300QH04A0001AS (completa). Garita-torre de control.
001800400QH04A0001BS (completa). Casa almacén y vivienda.
001800500QH04A0001YS (completa). Oficinas y vivienda.
24113A009000050000JL (parcial). Báscula, tolvas, lavadero y zonas intermedias.
Lavadero de Victoriano González.

Está conformado por los edificios del lavadero, tolvas, almacenes, oficinas y
viviendas, además de los espacios intermedios entre las diferentes construcciones según
el plano que acompaña la declaración.
Estos elementos se sitúan en las parcelas catastrales:





3.

002301100QH04A0001BS (completa). Lavadero.
002301300QH04A0001GS (completa). Tolvas.
002301400QH04A0001QS (completa). Oficinas.
002301600QH04A0001LS (completa). Viviendas y almacenes.
24113A009000050000JL (parcial). Almacenes y zonas intermedias.
Estación y caballetes de cable aéreo.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León, en el plazo de
un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el
plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del
recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la
resolución expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 7 de noviembre de 2024.–El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo
Santonja Gómez.

cve: BOE-A-2024-24216
Verificable en https://www.boe.es

Este enclave incluye el caballete del cable aéreo que une el lavadero de Victoriano
González con la estación ubicada en el grupo minero Santa Cruz, sito en la subparcela b
de la parcela catastral 24113A009000050000JL.
Asimismo incluye la estación del cable aéreo en el Grupo Santa Cruz, situada en la
parcela catastral 002301800QH04A0001FS (completa) y el caballete de cable aéreo de
la estación, sito en la parcela 24113A013007430000JB (parcial).