Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-24091)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Servicio Extremeño de Salud, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia para el periodo 2025-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152571
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente
legitimidad y capacidad jurídica suficiente para la formalización de esta Adenda en los
términos que en ella se contienen, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (en adelante,
CECBE), es un proyecto de investigación convenido con la Universidad de Adelaida y
liderado por el Instituto de Salud Carlos III cuyo objeto es promocionar y apoyar las
prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de
fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.
Segundo.
Que las partes firmaron el 24 de noviembre de 2021 el Convenio entre el Servicio
Extremeño de Salud y el ISCIII para el mantenimiento del CECBE, registrado en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el 25 de noviembre de 2021, y publicado en el BOE el 7 de diciembre
de 2021.
Tercero.
La cláusula séptima del convenio establece la vigencia del mismo, y señala que «[…]
finalizará el 31 de diciembre de 2024, pudiendo ser prorrogable por cuatro años
adicionales, por acuerdo expreso de las partes. […]».
Con base en lo anterior, ambas partes han convenido la formalización de la presente
Adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es prorrogar la vigencia del convenio, suscrito el 24
de noviembre de 2021, entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y el Instituto de
Salud Carlos III (ISCIII), O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los
Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (CECBE), hasta el día 31 de diciembre
de 2028.
Segunda.
Financiación.
Para el funcionamiento del CECBE, la contribución del ISCIII se valora en un total
de 16.000 euros anuales independientemente del número de Comunidades Autónomas
participantes. La contribución del ISCIII se realizará con cargo a los artículos
presupuestarios: 22 (12.800 euros) y 23 (3.200 euros) del presupuesto anual de gastos
del ISCIII, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias. La aportación del ISCIII
se realizará según lo requiera el desarrollo de las actividades para la realización del
proyecto y no supone transferencia a ninguna de las Comunidades Autónomas
participantes.
La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del Servicio Extremeño de Salud,
aportará un total de 8.000 euros anuales, ascendiendo su contribución global a 32.000 euros
para las anualidades 2025 a 2028, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901.212B.22706,
cve: BOE-A-2024-24091
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto de esta Adenda, idéntico al establecido en la cláusula cuarta del
convenio que se prorroga, afecta únicamente a las anualidades en los siguientes
términos:
Núm. 279
Martes 19 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 152571
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente
legitimidad y capacidad jurídica suficiente para la formalización de esta Adenda en los
términos que en ella se contienen, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (en adelante,
CECBE), es un proyecto de investigación convenido con la Universidad de Adelaida y
liderado por el Instituto de Salud Carlos III cuyo objeto es promocionar y apoyar las
prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de
fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.
Segundo.
Que las partes firmaron el 24 de noviembre de 2021 el Convenio entre el Servicio
Extremeño de Salud y el ISCIII para el mantenimiento del CECBE, registrado en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal el 25 de noviembre de 2021, y publicado en el BOE el 7 de diciembre
de 2021.
Tercero.
La cláusula séptima del convenio establece la vigencia del mismo, y señala que «[…]
finalizará el 31 de diciembre de 2024, pudiendo ser prorrogable por cuatro años
adicionales, por acuerdo expreso de las partes. […]».
Con base en lo anterior, ambas partes han convenido la formalización de la presente
Adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es prorrogar la vigencia del convenio, suscrito el 24
de noviembre de 2021, entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y el Instituto de
Salud Carlos III (ISCIII), O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los
Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (CECBE), hasta el día 31 de diciembre
de 2028.
Segunda.
Financiación.
Para el funcionamiento del CECBE, la contribución del ISCIII se valora en un total
de 16.000 euros anuales independientemente del número de Comunidades Autónomas
participantes. La contribución del ISCIII se realizará con cargo a los artículos
presupuestarios: 22 (12.800 euros) y 23 (3.200 euros) del presupuesto anual de gastos
del ISCIII, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias. La aportación del ISCIII
se realizará según lo requiera el desarrollo de las actividades para la realización del
proyecto y no supone transferencia a ninguna de las Comunidades Autónomas
participantes.
La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del Servicio Extremeño de Salud,
aportará un total de 8.000 euros anuales, ascendiendo su contribución global a 32.000 euros
para las anualidades 2025 a 2028, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901.212B.22706,
cve: BOE-A-2024-24091
Verificable en https://www.boe.es
El presupuesto de esta Adenda, idéntico al establecido en la cláusula cuarta del
convenio que se prorroga, afecta únicamente a las anualidades en los siguientes
términos: