Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-24016)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Universitat Autònoma de Barcelona, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 01 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149224

investigaciones biomédicas, cuyo uso será conforme con los Estatutos del CIBER que
las partes declaran conocer y que, actualmente, son los que se relacionan en el anexo 1.
XIV. Que la UAB es titular de aparatos y equipos destinados al desarrollo de
aplicaciones tecnológicas y de investigación en el ámbito de la biomedicina, ubicados en
el Instituto de Biotecnología y de Biomedicina de la UAB (IBB-UAB) que actualmente se
relacionan en el anexo 2.
XV. Que las partes, dentro de sus planes estratégicos, estando interesadas en
aunar esfuerzos, entre otras acciones, establecieron una colaboración de carácter
específico para constituir una Plataforma de Equipamiento, actualmente Unidad 1 de
NANBIOSIS, para lo cual firmaron convenio de colaboración específico de creación de
plataforma el 15 de diciembre de 2007 y adenda de renovación de 1 de diciembre
de 2009. Posteriormente, con el fin de adecuar dicho convenio a la nueva normativa
vigente en materia de convenios, las partes firmaron uno nuevo el 3 de noviembre
de 2020, cuya entrada en vigor tuvo lugar el 19 de noviembre de ese mismo año.
XVI. Que, debido a que el convenio citado en el párrafo anterior llegará a su fin el
próximo 19 de noviembre de 2024, las partes deciden formalizar el presente convenio.
III. Declaración de intenciones
Con base en los fines antes expuestos, es objetivo común a las partes impulsar la
investigación y están de acuerdo en regular, de forma específica, las condiciones de
funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta, referida en los
Expositivos IX, X y XV.
En vista de todo lo anterior, las partes firman el presente convenio, que se regirá por
la buena fe y diligencia en sus actuaciones y por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es dar continuidad y regular, de forma específica, las
condiciones de funcionamiento y desarrollo de la Plataforma de Equipamiento conjunta
descrita en la cláusula siguiente, con el objetivo de permitir y facilitar el uso del
equipamiento que la integra al personal investigador de la UAB y de los grupos que
componen el CIBER-BBN, así como de otras instituciones públicas y empresas, de
acuerdo con las tarifas establecidas en la página web de NANBIOSIS www.nanbiosis.es.
Las terceras personas a las que se refiere el párrafo anterior no tienen la
consideración de parte del convenio ni asumen ningún tipo de obligación derivada del
mismo ni suponen un desarrollo ni una modificación del convenio.
Segunda.

Obligaciones de ambas partes:

1. CIBER y UAB se comprometen a mantener la Plataforma de Producción de
Proteínas (PPP), que constituye la Unidad 1 de la ICTS Nanbiosis, ubicada en el IBBUAB, bajo la coordinación del Grupo de Investigación de Nanobiotecnología, que permite
el diseño, producción y purificación de proteínas recombinantes utilizando sistemas de
expresión procariotas y eucariotas. Esta unidad está integrada por los equipos y
aparatos indicados en la página web de NANBIOSIS, que en el momento que este
convenio resulte eficaz, son los equipos y aparatos de los anexos 1 y 2 de este convenio
(en adelante, la Unidad o la Plataforma).
2. CIBER y UAB se comprometen a permitir el uso de los aparatos y equipos de la
Unidad 1 al personal investigador de la UAB y de los grupos que integran CIBER-BBN,
de acuerdo con las tarifas publicadas en la página web de NANBIOSIS y siempre con

cve: BOE-A-2024-24016
Verificable en https://www.boe.es

A)

Obligaciones de las partes.