Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-24013)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación Abanilla, de la línea Pinilla-Rocamora 400 kV, en Abanilla (Murcia) y se declara, en concreto, la utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149205
indicando las mismas razones iniciales. Finalmente, Red Eléctrica trasladó el estudio de
integración paisajística al Ayuntamiento de Abanilla, junto con el informe emitido por la
Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Región de Murcia. El Ayuntamiento
de Abanilla respondió con informe del que no se desprende oposición a la actuación a
realizar por Red Eléctrica, quien tomó razón de este último informe.
Se recibió contestación del Servicio de Patrimonio Histórico de la Región de Murcia
en el que se solicita la elaboración de un Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural. La respuesta fue trasladada a Red Eléctrica, quien aportó informe técnico del
jefe de servicio de Patrimonio Histórico. La contestación e informes aportados fueron
trasladados al órgano, quien, a la vista de los documentos, informó favorablemente
desde el punto de vista del patrimonio cultural y estableció condicionados en relación con
la documentación del proyecto administrativo. Red Eléctrica contestó manifestando su
conformidad con los condicionados expuestos.
Se recibieron respuestas del Servicio de Energía y del Servicio de Minas de la
Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera de la Región de Murcia, de
la Subdirección General de Política Forestal de la Región de Murcia y de la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, de las que no se desprende
oposición. Estas contestaciones fueron trasladadas a Red Eléctrica quien manifestó su
conformidad con estos informes.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia de fecha 1 de
febrero de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 32, de 7 de
febrero de 2023, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 36 de fecha 14 de
febrero de 2023 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Abanilla entre los
días 13 de febrero y 31 de marzo de 2023. Adicionalmente, fue publicado anuncio en los
periódicos La Opinión y La Verdad, de viernes 17 de febrero de 2023. Se ha recibido
alegaciones, que han sido respondidas por Red Eléctrica.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia remitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado, complementado posteriormente.
La nueva línea aérea a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación
«Abanilla», de la actual línea de 400 kV Pinilla - Rocamora, pertenece al conjunto de
actuaciones contempladas para permitir la conexión e integración de generación
renovable en la Región de Murcia, incluida a su vez en la planificación vigente, «Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por
Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado»
núm. 93, de 19 de abril de 2022).
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para que informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decretoley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro,
eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Transcurrido el plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido
contestación y de conformidad con la normativa anteriormente indicada, se considera
informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la
actuación objeto de esta propuesta de resolución.
cve: BOE-A-2024-24013
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 149205
indicando las mismas razones iniciales. Finalmente, Red Eléctrica trasladó el estudio de
integración paisajística al Ayuntamiento de Abanilla, junto con el informe emitido por la
Dirección General de Territorio y Arquitectura de la Región de Murcia. El Ayuntamiento
de Abanilla respondió con informe del que no se desprende oposición a la actuación a
realizar por Red Eléctrica, quien tomó razón de este último informe.
Se recibió contestación del Servicio de Patrimonio Histórico de la Región de Murcia
en el que se solicita la elaboración de un Estudio de Impacto sobre el Patrimonio
Cultural. La respuesta fue trasladada a Red Eléctrica, quien aportó informe técnico del
jefe de servicio de Patrimonio Histórico. La contestación e informes aportados fueron
trasladados al órgano, quien, a la vista de los documentos, informó favorablemente
desde el punto de vista del patrimonio cultural y estableció condicionados en relación con
la documentación del proyecto administrativo. Red Eléctrica contestó manifestando su
conformidad con los condicionados expuestos.
Se recibieron respuestas del Servicio de Energía y del Servicio de Minas de la
Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera de la Región de Murcia, de
la Subdirección General de Política Forestal de la Región de Murcia y de la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, de las que no se desprende
oposición. Estas contestaciones fueron trasladadas a Red Eléctrica quien manifestó su
conformidad con estos informes.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia de fecha 1 de
febrero de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 32, de 7 de
febrero de 2023, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 36 de fecha 14 de
febrero de 2023 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Abanilla entre los
días 13 de febrero y 31 de marzo de 2023. Adicionalmente, fue publicado anuncio en los
periódicos La Opinión y La Verdad, de viernes 17 de febrero de 2023. Se ha recibido
alegaciones, que han sido respondidas por Red Eléctrica.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia remitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado, complementado posteriormente.
La nueva línea aérea a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación
«Abanilla», de la actual línea de 400 kV Pinilla - Rocamora, pertenece al conjunto de
actuaciones contempladas para permitir la conexión e integración de generación
renovable en la Región de Murcia, incluida a su vez en la planificación vigente, «Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por
Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado»
núm. 93, de 19 de abril de 2022).
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para que informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decretoley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro,
eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Transcurrido el plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido
contestación y de conformidad con la normativa anteriormente indicada, se considera
informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la
actuación objeto de esta propuesta de resolución.
cve: BOE-A-2024-24013
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Núm. 278