Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23994)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral, Grupo II, nivel B.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 149113
5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de
alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
en el plazo de un mes.
Sexta.
Procedimiento de selección.
De conformidad con la base 1.6 el procedimiento selectivo constará de las siguientes
fases: fase de oposición y fase de concurso.
6.1
Fase de oposición:
La fase de oposición constará de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios.
1. Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 90
preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las
respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un
cuarto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en
el caso de que se anule alguna de las 90 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de cien
minutos.
Se calificará con un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 17,5 para superar el ejercicio.
2. Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos
prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa
de la parte especifica.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
El ejercicio podrá ser leído posteriormente en sesión pública ante el Órgano de
Selección quien podrá́ dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el
ejercicio durante un periodo máximo de quince minutos.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en
orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 17,5 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para
superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones
directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta
lo siguiente:
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 35 puntos
para superarla.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2024-23994
Verificable en https://www.boe.es
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar el ejercicio
equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 149113
5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de
alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
en el plazo de un mes.
Sexta.
Procedimiento de selección.
De conformidad con la base 1.6 el procedimiento selectivo constará de las siguientes
fases: fase de oposición y fase de concurso.
6.1
Fase de oposición:
La fase de oposición constará de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios.
1. Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 90
preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las
respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un
cuarto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en
el caso de que se anule alguna de las 90 anteriores.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de cien
minutos.
Se calificará con un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 17,5 para superar el ejercicio.
2. Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos
prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa
de la parte especifica.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
El ejercicio podrá ser leído posteriormente en sesión pública ante el Órgano de
Selección quien podrá́ dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el
ejercicio durante un periodo máximo de quince minutos.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en
orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 17,5 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para
superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones
directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta
lo siguiente:
La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo necesario un mínimo de 35 puntos
para superarla.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2024-23994
Verificable en https://www.boe.es
– Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar el ejercicio
equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlo.
– Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.