Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-23997)
Resolución 420/38479/2024, de 12 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas del Grado Universitario en Nutrición y Dietética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149125

Se realizan las siguientes modificaciones:
1.

La cláusula novena queda redactada como sigue:
«Cláusula novena.

Cotizaciones a la Seguridad Social.

En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación”, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la
Universidad Autónoma de Madrid.
No se adquirirán para el Ministerio de Defensa obligaciones ni compromisos de
contenido económico. En particular, no derivará para el Ministerio de Defensa
obligación alguna de carácter laboral o de Seguridad Social.»
La cláusula decimotercera queda redactada como sigue:
«Cláusula decimotercera.

Protección de datos personales y transparencia.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación,
lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en
las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo de este
convenio se incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada
una de las partes intervinientes, con la finalidad de gestionar la relación descrita
en el mismo. Las partes intervinientes en este convenio se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente
necesario para el cumplimiento de los fines del mismo. Los titulares de los datos
personales podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de
tales datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
El HCDGU-CSVE y la UAM tienen la consideración de responsables de los
tratamientos propios en que se incorporen datos personales que, cada una de las
partes, respectivamente, recabe. El acceso por uno de los intervinientes en el
convenio a los datos personales que otra de las partes hubiera recabado se hará
bajo la consideración de encargado de tratamiento de los datos personales, en las
condiciones y circunstancias previstas en el artículo 28 del RGPD, y única y
exclusivamente conforme a la finalidad objeto del convenio. Los datos personales
no se cederán ni se comunicarán a terceros, salvo cuando ello sea conforme a la
legalidad.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio o en la normativa de protección de
datos personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las
responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de
garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin perjuicio de lo dispuesto en
el artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán
validez durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.

cve: BOE-A-2024-23997
Verificable en https://www.boe.es

2.