Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-23997)
Resolución 420/38479/2024, de 12 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas del Grado Universitario en Nutrición y Dietética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149124

Gómez Ulla Centro Sanitario de Vida y Esperanza, dependiente de la Inspección General
de Sanidad de la Defensa.
Segundo.
Con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Dicho real
decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, y en cuyo apartado treinta y cuatro, se añade una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación.
Tercero.
El apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece
que «En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa».
Cuarto.
Asimismo, conforme establece la disposición final décima del citado Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, esta medida entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024, o
conforme a la normativa posterior que la modifique, en caso de producirse.
Quinto.
Por otra parte, a los efectos de una completa adecuación a la normativa de
protección de datos, procede modificar el párrafo tercero de la cláusula decimotercera
del convenio, «Protección de datos y transparencia», para actualizar su contenido a la
normativa vigente.
Sexto.
Se considera necesario incluir una nueva cláusula en el convenio relativa a la
actividad editorial para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12
de enero, de la Subsecretaría de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito
del Ministerio de Defensa.

CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
Autónoma de Madrid para la realización de prácticas del Grado Universitario en
Nutrición y Dietética.
Se acuerda expresamente por las partes modificar el convenio firmado el veintiocho
de octubre de dos mil veintidós, manteniéndose plenamente en vigor todos y cada uno
de los términos y condiciones del convenio no modificados por la presente adenda.

cve: BOE-A-2024-23997
Verificable en https://www.boe.es

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las
siguientes