Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-23971)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/Psicólogas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 148719

hayan superado la fase de oposición serán nombradas funcionarios o funcionarias en
prácticas por la autoridad convocante.
2.3 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos
selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como personal funcionario de carrera, sin que dicha coincidencia pueda
suponer causa de aplazamiento.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la
presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre
en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
4. Titulación
Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado
en Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos/Psicólogas, o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
5.

Requisitos

Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de diciembre,
sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real Decretoley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito doloso a
penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la
cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
Acceso de personas con discapacidad

6.1 El Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado expresamente en la
solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
6.2 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán
participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas
con discapacidad (CRD), debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación
en el proceso selectivo.
6.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que,
como consecuencia de una discapacidad igual o superior al 33 %, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario
de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en
las pruebas del proceso selectivo.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el tribunal calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar

cve: BOE-A-2024-23971
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6.