Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-23970)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/Psicólogas.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148693
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
6.2 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán
participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas
con discapacidad (CRD), debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación
en el proceso selectivo.
6.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que,
como consecuencia de una discapacidad igual o superior al 33 %, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario
de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en
las pruebas del proceso selectivo.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el Tribunal Calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente copia del dictamen técnico facultativo actualizado emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma
fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento.
A tal fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para poder realizar la correspondiente
valoración será requisito imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en
el plazo de presentación de solicitudes. Una vez efectuada la valoración, el Tribunal
informará a los opositores sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.
6.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de ejercicios, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.12 del Real Decreto 656/2024, de 3 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024 a las personas
participantes por el turno de reserva de discapacidad que superasen el segundo ejercicio
con una puntuación superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista para el
correspondiente ejercicio, conservarán la nota de este ejercicio para la convocatoria
inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación del ejercicio en el que se ha conservado la nota sean análogos y estarán
exentas de realizarlo en el siguiente proceso selectivo.
Solicitudes
7.1 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica cl@ve,
en cualquiera de sus modalidades. En caso de que se produzca alguna incidencia
técnica durante el proceso de inscripción, se deberá contactar con el Centro de Atención
a Usuarios accediendo al formulario de contacto de IPS en la siguiente dirección https://
centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS y cumplimentando los datos requeridos.
La presentación por esta vía permitirá:
–
–
–
–
–
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.
cve: BOE-A-2024-23970
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148693
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
6.2 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán
participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas
con discapacidad (CRD), debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación
en el proceso selectivo.
6.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que,
como consecuencia de una discapacidad igual o superior al 33 %, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el formulario
de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en
las pruebas del proceso selectivo.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el Tribunal Calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente copia del dictamen técnico facultativo actualizado emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma
fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de
discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento.
A tal fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas
en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales
para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al
empleo público de personas con discapacidad. Para poder realizar la correspondiente
valoración será requisito imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en
el plazo de presentación de solicitudes. Una vez efectuada la valoración, el Tribunal
informará a los opositores sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.
6.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de ejercicios, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.12 del Real Decreto 656/2024, de 3 de julio, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024 a las personas
participantes por el turno de reserva de discapacidad que superasen el segundo ejercicio
con una puntuación superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista para el
correspondiente ejercicio, conservarán la nota de este ejercicio para la convocatoria
inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación del ejercicio en el que se ha conservado la nota sean análogos y estarán
exentas de realizarlo en el siguiente proceso selectivo.
Solicitudes
7.1 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica cl@ve,
en cualquiera de sus modalidades. En caso de que se produzca alguna incidencia
técnica durante el proceso de inscripción, se deberá contactar con el Centro de Atención
a Usuarios accediendo al formulario de contacto de IPS en la siguiente dirección https://
centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS y cumplimentando los datos requeridos.
La presentación por esta vía permitirá:
–
–
–
–
–
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.
cve: BOE-A-2024-23970
Verificable en https://www.boe.es
7.