Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-23970)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Juristas y Psicólogos/Psicólogas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148692
proceso selectivo serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad
convocante.
2.3 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos
selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera, sin que dicha coincidencia
pueda suponer causa de aplazamiento.
2.4 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización del proceso selectivo.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la
presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre
en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
4.
Titulación
Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado
en Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos/Psicólogas. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Requisitos
5.1 Pertenecer como funcionario o funcionaria de carrera a alguno de los Cuerpos o
Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, a Cuerpos o Escalas
Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo
A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
5.2 Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como
funcionario o funcionaria de carrera en un Cuerpo o Escala de la Administración General
del Estado del Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al
Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.3 Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de
diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real
Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito
doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera
obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
6.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado expresamente en la
solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real
cve: BOE-A-2024-23970
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos:
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 148692
proceso selectivo serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad
convocante.
2.3 El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con otros procesos
selectivos, en cualquiera de las fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera, sin que dicha coincidencia
pueda suponer causa de aplazamiento.
2.4 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización del proceso selectivo.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de la
presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre
en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.
4.
Titulación
Las personas aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado o Grado
en Derecho, si optan a las plazas de Juristas, y el título de Licenciado o Grado en
Psicología, si optan a las plazas de Psicólogos/Psicólogas. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente
credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.
Requisitos
5.1 Pertenecer como funcionario o funcionaria de carrera a alguno de los Cuerpos o
Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, a Cuerpos o Escalas
Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo
A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado.
5.2 Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como
funcionario o funcionaria de carrera en un Cuerpo o Escala de la Administración General
del Estado del Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al
Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.3 Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de
diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real
Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito
doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera
obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
6.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado expresamente en la
solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real
cve: BOE-A-2024-23970
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos: