Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-24018)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con el Cabildo Insular de Tenerife, para el Desarrollo y Aplicación de Tecnologías Aeroespaciales en la Gestión y Protección del Medio Natural en Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149256

electrónica, baterías, comunicaciones, estructura aerodinámica, software de control,
etc.).
– Servicios externos, todos aquellos directamente asociados al proyecto, que se
enumeran, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, como servicios de
consultoría legal y/o técnica, fabricación especializada de componentes, vuelos de
prueba (implicando contratación de pilotos y alquiler de aeronaves, etc…).
Cuarta.

Abono del convenio.

El abono del presente convenio se realizará en dos pagos, con carácter anticipado
como financiación necesaria para el desarrollo del proyecto, conforme a lo dispuesto en
la estipulación 2.1. a) del presente y atendiendo al siguiente criterio:
– Primer pago: se abonará con carácter anticipado, una vez que el convenio resulte
eficaz, esto es, una vez que se produzca su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público (REOICO).
– Segundo pago: se abonarán, una vez que entre en vigor el presupuesto del
Excmo. Cabildo Insular de Tenerife correspondiente al ejercicio presupuestario 2026.
Quinta.

Justificación.

5.1 El IAC, con el fin de atender a la obligación de justificar la financiación
percibida, deberá aportar la siguiente documentación:

El reparto de beneficios generados se realizará una vez descontados los gastos,
mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que el Cabildo de Tenerife tiene
habilitada a estos efectos (ES68 2100 9169 01 2200020968 - La Caixa, SA). Dichos
beneficios serán abonados, anualmente, una vez que el IAC haya recibido el pago de los
mismos por parte de los licenciatarios.
5.2 El plazo para presentar la documentación justificativa detallada en el apartado
anterior, será de dos (2) meses a partir del día siguiente a aquél en el que se produzca la
terminación del plazo de ejecución, teniendo en cuenta que el plazo de inicio de la
ejecución del proyecto será «desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO)» con una
vigencia total de tres (3) años.
5.3 El CIT podrá comprobar en todo momento la correcta aplicación de los recursos
abonados, para lo cual, podrá solicitar, en cualquier momento, los informes, facturas,
nóminas y cualquier otra documentación que aporte datos referentes a la utilización de
los fondos públicos.

cve: BOE-A-2024-24018
Verificable en https://www.boe.es

A) Certificado emitido por el órgano competente del IAC, en el que se acredite el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, la realización de la actividad, el
cumplimiento de la finalidad objeto del proyecto «Desarrollo y aplicación de tecnologías
aeroespaciales en la gestión y protección del medio natural en Tenerife», así como, la
cuantificación del importe destinado a la ejecución del mismo, tanto a nivel global como
por cada anualidad y diferenciando cada concepto de gastos. En el caso de que se
produzcan sobrantes no utilizados, se deberá aportar, junto con la documentación
justificativa, el correspondiente justificante bancario de la transferencia ordenada a favor
del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el número de cuenta que tiene habilitada a
tales efectos (ES68 2100 9169 01 2200020968 - La Caixa, SA) del importe exacto de los
fondos no ejecutados, siendo éste, sin perjuicio de la liquidación del convenio.
B) Memoria técnica de ejecución. La misma incluirá el detalle de las Fases de
ejecución del proyecto, las actividades desarrolladas, los hitos y entregables.
C) Memoria Económica: se deberá presenta una memoria sobre el resultado de
explotación del programa, adjuntando una cuenta justificativa de ingresos y gastos, con
el detalle de los conceptos, subconceptos e importes por tipo de gasto.