Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-24009)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «Parque eólico Labraza de 40 MW y de una parte de su infraestructura de evacuación, en Oyón (Álava) y Aguilar de Codés (Navarra)».
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Lunes 18 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 149183

En el apartado primero del artículo 44 se establece que las condiciones de las
declaraciones de impacto ambiental podrán modificarse cuando concurra alguna de las
siguientes circunstancias:
a) La entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental.
b) Cuando la declaración de impacto ambiental establezca condiciones cuyo
cumplimiento se haga imposible o innecesario porque la utilización de las nuevas y
mejores técnicas disponibles en el momento de formular la solicitud de modificación
permiten una mejor y más adecuada protección del medio ambiente, respecto del
proyecto o actuación inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental.
c) Cuando durante el seguimiento del cumplimiento de la declaración de impacto
ambiental se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son
insuficientes, innecesarias o ineficaces.
El apartado quinto del citado precepto dispone que, para poder resolver sobre la
solicitud de modificación de las condiciones, el órgano ambiental consultará a las
administraciones públicas afectadas y persona interesadas previamente consultadas,
que deberán pronunciarse en el plazo máximo de treinta días.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los hechos referidos y de los fundamentos de
derecho alegados, resuelve la modificación de la condición indicada del apartado
«1.2.2 Calidad atmosférica, población y salud» «Parque eólico Labraza de 40 MW y de
una parte de su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Oyón en
la provincia de Álava y Aguilar de Codés en la provincia de Navarra», en los términos
siguientes, al concurrir el supuesto de la letra b) del apartado 1 del artículo 44 de la Ley
de evaluación ambiental:
«En cuanto a la señalización e iluminación del PE para la seguridad aérea,
deberá optarse por aquella que genere un mínimo impacto sobre la fauna y
paisaje, priorizándose un sistema sancionado por la experiencia y cumpliendo lo
establecido en la “Guía de señalamiento e iluminación de turbinas y parques
eólicos” de la AESA, ajustándose a los mínimos imprescindibles para minimizar los
impactos ambientales. Se instalará un sistema de gestión del balizado de los
aerogeneradores sancionado por la experiencia capaz de garantizar la seguridad
de la navegación aérea y reducir el impacto de la contaminación lumínica sobre
los núcleos urbanos cercanos y la fauna.»

cve: BOE-A-2024-24009
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de noviembre de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X