Ministerio de Trabajo y Economía Social. I. Disposiciones generales. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-23948)
Orden TES/1291/2024, de 13 de noviembre, por la que se regula el Registro Electrónico de apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 148614
Facultades de aplicación y desarrollo.
Se habilita a la persona titular de la Dirección del organismo autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social para dictar cuantas resoluciones
resulten necesarias para la aplicación y ejecución de lo previsto en esta orden y para
actualizar sus anexos, así como la aprobación de otros modelos que, en su caso,
resulten precisos para la gestión del REA-ITSS.
Estos modelos serán publicados en la sede electrónica organismo autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el 2 de enero de 2025.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y
Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.
ANEXO I
Listado de trámites que se pueden realizar mediante el otorgamiento de poder
«apud acta» en el ámbito del organismo autónomo Organismo Estatal Inspección
de Trabajo y Seguridad Social
cve: BOE-A-2024-23948
Verificable en https://www.boe.es
1. Presentar una solicitud o un escrito.
2. Presentar, ampliar o desistir de una denuncia.
3. Comparecer en representación del sujeto obligado cuando la personación haya
sido requerida en el ámbito de una actuación inspectora, y realizar declaraciones sobre
hechos o circunstancias con trascendencia inspectora en nombre del representado.
4. Aportar documentación requerida en el marco de una actuación inspectora.
5. Solicitar información sobre el estado del expediente o procedimiento.
6. Presentar un escrito de alegaciones o desistir del mismo, así como solicitar
trámite de audiencia/vista del expediente.
7. Recibir notificaciones/comunicaciones.
8. Solicitar el pago de una sanción con reducción.
9. Abonar una sanción.
10. Interponer recursos o desistir de los mismos.
11. Reconocer una deuda.
Núm. 278
Lunes 18 de noviembre de 2024
Disposición final segunda.
Sec. I. Pág. 148614
Facultades de aplicación y desarrollo.
Se habilita a la persona titular de la Dirección del organismo autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social para dictar cuantas resoluciones
resulten necesarias para la aplicación y ejecución de lo previsto en esta orden y para
actualizar sus anexos, así como la aprobación de otros modelos que, en su caso,
resulten precisos para la gestión del REA-ITSS.
Estos modelos serán publicados en la sede electrónica organismo autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el 2 de enero de 2025.
Madrid, 13 de noviembre de 2024.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y
Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.
ANEXO I
Listado de trámites que se pueden realizar mediante el otorgamiento de poder
«apud acta» en el ámbito del organismo autónomo Organismo Estatal Inspección
de Trabajo y Seguridad Social
cve: BOE-A-2024-23948
Verificable en https://www.boe.es
1. Presentar una solicitud o un escrito.
2. Presentar, ampliar o desistir de una denuncia.
3. Comparecer en representación del sujeto obligado cuando la personación haya
sido requerida en el ámbito de una actuación inspectora, y realizar declaraciones sobre
hechos o circunstancias con trascendencia inspectora en nombre del representado.
4. Aportar documentación requerida en el marco de una actuación inspectora.
5. Solicitar información sobre el estado del expediente o procedimiento.
6. Presentar un escrito de alegaciones o desistir del mismo, así como solicitar
trámite de audiencia/vista del expediente.
7. Recibir notificaciones/comunicaciones.
8. Solicitar el pago de una sanción con reducción.
9. Abonar una sanción.
10. Interponer recursos o desistir de los mismos.
11. Reconocer una deuda.