Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23925)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Centro de Iniciativas para la Cooperación BATÁ, para el desarrollo del programa «SG.II.PP/CIC-BATÁ», de intervención con internos e internas en centros penitenciarios de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Sábado 16 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 148330

Sexto.
Que la Asociación CIC-BATÁ está en disposición de ofrecer programas que
favorezcan el desarrollo integral de los internos e internas en los centros penitenciarios.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación CIC-BATÁ para el
desarrollo del Programa «SG.II.PP/CIC-BATÁ» de Intervención (en adelante, Programa)
con los internos e internas en centros penitenciarios de Andalucía para el desarrollo de
acciones de dinamización deportiva, animación sociocultural, formación profesional
ocupacional, orientación para el empleo e inserción sociolaboral, integración en la
sociedad de la información y alfabetización tecnológica.
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.

que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, pondrá a disposición de la Asociación CIC-BATÁ la infraestructura y
equipamientos físicos necesarios para el desarrollo de las actuaciones objeto del
presente convenio, así como el personal necesario para la coordinación, seguimiento y
correcto funcionamiento de las actualizaciones previstas en el mismo.
2. Asumirá la organización de las actividades que vayan a desarrollarse con la
Asociación CIC-BATÁ en el marco del presente convenio.
3. Seleccionará, a través de los centros penitenciarios, a los internos e internas que
han de participar en las acciones objeto del presente convenio.
4. Facilitará los cauces de relación y de información que se requieran para la
realización del Programa en los centros penitenciarios, promoviendo su ejecución. En
concreto, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a que los
centros penitenciarios donde se ha de llevar a cabo la intervención, diseñe conjuntamente
con la Asociación CIC-BATÁ las concretas actividades a desarrollar; realicen las labores de
verificación, supervisión y gestión pertinentes para el correcto desarrollo de las actividades
ofertadas, así como su régimen de funcionamiento y normas de uso; y faciliten el desarrollo
de las actividades y la disponibilidad de recursos e instalaciones con que cuenta el centro
penitenciario, de manera ordinaria, para facilitar el desarrollo de las mismas.
5. Concederá las acreditaciones de las personas físicas que lleven a cabo su
actividad dentro del centro penitenciario, que estarán a su vez obligadas a portarlas en
lugar visible en todo momento.
Tercera.

Compromisos que asume la Asociación CIC-BATÁ.

1. Diseñar conjuntamente con los centros penitenciarios donde se desarrolla la
intervención, las actividades a desarrollar, la planificación, horario y coordinación de las
mismas, así como poner a disposición todos los medios necesarios para la realización de
las actividades objeto del presente convenio.
2. Proporcionar el personal necesario para la puesta en marcha de los diferentes
programas objeto del presente convenio.
3. Asumir los gastos de desplazamiento, retribuciones y cualesquiera otros del
personal mencionado anteriormente.

cve: BOE-A-2024-23925
Verificable en https://www.boe.es

La Asociación CIC-BATÁ se compromete a: