Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-23924)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, para el intercambio de información de datos del registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Sábado 16 de noviembre de 2024
Decimocuarta.

Sec. III. Pág. 148326

Publicación en el Portal de la Transparencia.

Este convenio cuenta con consentimiento de las partes firmantes para que se le dé la
publicidad exigida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y se publique el texto definitivo en el Portal de la
Transparencia.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ente
Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, el Presidente, Guillermo
Peláez Álvarez.–Por la Jefatura Central de Tráfico, el Director General de Tráfico, Pere
Navarro Olivella.
ANEXO I
Documento técnico sobre tratamiento de datos personales
1.

Información sobre el tratamiento de los datos de carácter personal

Los datos de carácter personal serán tratados por la Jefatura Central de Tráfico para ser
incorporados al sistema de tratamiento de datos de agentes externos en este caso, de
carácter tributario, cuya finalidad es permitir a la Jefatura Central de Tráfico verificar por
medios electrónicos la acreditación de las obligaciones fiscales en la transmisión de
vehículos a motor, obligación que se recoge en el anexo XIV del Real Decreto 2822/1998,
de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Los datos de carácter personal no se prevé que sean comunicados a terceros, sin
perjuicio de las obligaciones legales que obliguen a la Jefatura Central de Tráfico a
comunicar los datos personales a terceros.
Se conservarán los datos durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para
la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. De conformidad con lo dispuesto en
la normativa de archivos y documentación, en concreto en la Resolución de 30 de abril
de 2019, conjunta de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la Subsecretaría, por la que
se aprueban, revisan y actualizan las normas de conservación y se autoriza la eliminación
de series documentales del departamento (BOE de 15 de junio de 2019), los expedientes
de cambios de titularidad se conservarán por un plazo mínimo de cinco años.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, se pueden
ejercitar ante el Delegado de Protección de Datos, calle Josefa Valcárcel, 44, 3.ª planta.
28071 Madrid , correo electrónico: protecciondedatos@dgt.es.
Puede obtener más información en http://www.interior.gob.es/web/servicios-alciudadano/participacion-ciudadana/proteccion-de-datos-de-caracter-personal/tutela-delos-derechos.
Descripción general del tratamiento de datos personales a efectuar

2.1 Descripción. El tratamiento consistirá en el intercambio estructurado de datos
para verificar en los trámites de cambio de titularidad del Registro de Vehículos que los
datos coinciden y son coherentes con las obligaciones fiscales y de tráfico. Para ello se
verifican datos identificativos, en concreto el documento oficial de identificación del
nuevo titular y el sujeto pasivo, también se verifica la matrícula del vehículo indicada en
ambas administraciones, que el tipo de transmisión y hecho imponible sean coherentes y
por último que la obligación fiscal satisfecha se encuentre en vigor. Por su parte la
Hacienda autonómica tendrá acceso a los datos personales de los titulares de vehículos
y a los datos técnicos del vehículo en el Registro de Vehículos con el fin de validar y
corregir errores en los datos informados por los contribuyentes, mejorar el cálculo de la

cve: BOE-A-2024-23924
Verificable en https://www.boe.es

2.