Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23829)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad accidental de Chiclana de la Frontera n.º 1, por la que se deniega la inscripción de una resolución municipal por la que se requiere la denegación de la inscripción de un título inscrito por la existencia de posible parcelación ilegal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 147902
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23829
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad accidental de Chiclana de la Frontera n.º 1, por la
que se deniega la inscripción de una resolución municipal por la que se
requiere la denegación de la inscripción de un título inscrito por la existencia
de posible parcelación ilegal.
En el recurso interpuesto por don José María Román Guerrero, alcalde-presidente
del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, contra la calificación del registrador de la
Propiedad accidental de Chiclana de la Frontera número 1, don Francisco Manuel
Álvarez Moreno, por la que deniega la inscripción de una resolución municipal por la que
se requiere la denegación de la inscripción de un título inscrito por la existencia de
posible parcelación ilegal.
Hechos
I
«Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por [D. V. S.] y por [M. I. C. S.
B.] por las razones expuestas.
Segundo. Declarar la existencia de posible parcelación urbanística ilegal y de
peligro de formación de núcleo urbano en finca sita en (…) -Polígono 31- Parcela 94 (…)
de
esta
localidad,
finca
registral
número
15821
y
catastral
número 11015A031000940000QD, expediente de actos de parcelación urbanística
número 18/23-(2)-AP.
Tercero. Solicitar al Registro de la Propiedad número uno de Chiclana de la
Frontera, con carácter preventivo, la denegación de la inscripción de los títulos
cve: BOE-A-2024-23829
Verificable en https://www.boe.es
Con el asiento 332 del Diario 202, se presentó el día 28 de septiembre de 2023, en el
Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 1, la escritura de
compraventa autorizada el día 16 de junio de 2023 por el notario de Chiclana de la
Frontera, don José Manuel Páez Moreno, con el número 1.734 de protocolo. El día 24 de
octubre de 2023, se remitió notificación al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera a los
efectos del artículo 79 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban
las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria
sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, por
la posible existencia de parcelación ilegal.
La fecha de la nota marginal del asiento de presentación a que se refiere dicho
artículo fue de fecha 24 de octubre de 2023. Una vez transcurridos los cuatro meses
desde la citada fecha de notificación sin contestación del Ayuntamiento de Chiclana de la
Frontera, se procedió, con fecha 4 de marzo de 2024, a la inscripción del referido título.
Transcurridos cuatro meses, el día 1 de marzo de 2024, sin que se incoara
expediente de disciplina urbanística con prohibición de disponer, se presentó en el
Registro de la Propiedad resolución del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera por la
que se solicitaba la denegación de la inscripción. En concreto, el día 1 de marzo de 2024
se recibió en el Registro certificación del decreto suscrito el día 26 de febrero por el
teniente de alcalde, delegado de Urbanismo y Planeamiento y Desarrollo Urbano, por el
que resolvía:
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 147902
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23829
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad accidental de Chiclana de la Frontera n.º 1, por la
que se deniega la inscripción de una resolución municipal por la que se
requiere la denegación de la inscripción de un título inscrito por la existencia
de posible parcelación ilegal.
En el recurso interpuesto por don José María Román Guerrero, alcalde-presidente
del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, contra la calificación del registrador de la
Propiedad accidental de Chiclana de la Frontera número 1, don Francisco Manuel
Álvarez Moreno, por la que deniega la inscripción de una resolución municipal por la que
se requiere la denegación de la inscripción de un título inscrito por la existencia de
posible parcelación ilegal.
Hechos
I
«Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por [D. V. S.] y por [M. I. C. S.
B.] por las razones expuestas.
Segundo. Declarar la existencia de posible parcelación urbanística ilegal y de
peligro de formación de núcleo urbano en finca sita en (…) -Polígono 31- Parcela 94 (…)
de
esta
localidad,
finca
registral
número
15821
y
catastral
número 11015A031000940000QD, expediente de actos de parcelación urbanística
número 18/23-(2)-AP.
Tercero. Solicitar al Registro de la Propiedad número uno de Chiclana de la
Frontera, con carácter preventivo, la denegación de la inscripción de los títulos
cve: BOE-A-2024-23829
Verificable en https://www.boe.es
Con el asiento 332 del Diario 202, se presentó el día 28 de septiembre de 2023, en el
Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 1, la escritura de
compraventa autorizada el día 16 de junio de 2023 por el notario de Chiclana de la
Frontera, don José Manuel Páez Moreno, con el número 1.734 de protocolo. El día 24 de
octubre de 2023, se remitió notificación al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera a los
efectos del artículo 79 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban
las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria
sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, por
la posible existencia de parcelación ilegal.
La fecha de la nota marginal del asiento de presentación a que se refiere dicho
artículo fue de fecha 24 de octubre de 2023. Una vez transcurridos los cuatro meses
desde la citada fecha de notificación sin contestación del Ayuntamiento de Chiclana de la
Frontera, se procedió, con fecha 4 de marzo de 2024, a la inscripción del referido título.
Transcurridos cuatro meses, el día 1 de marzo de 2024, sin que se incoara
expediente de disciplina urbanística con prohibición de disponer, se presentó en el
Registro de la Propiedad resolución del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera por la
que se solicitaba la denegación de la inscripción. En concreto, el día 1 de marzo de 2024
se recibió en el Registro certificación del decreto suscrito el día 26 de febrero por el
teniente de alcalde, delegado de Urbanismo y Planeamiento y Desarrollo Urbano, por el
que resolvía: