Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147093
RP5: Realizar operaciones de seguridad de las instalaciones y puntos sensibles,
identificando, detectando e informando sobre problemas concretos, las causas
y posibles fórmulas de solución.
CR5.1 El proceso de gestión de riesgos que pueda afectar a la misión
encomendada, se realiza en función de la actividad y de las situaciones
específicas que rodean a esta.
CR5.2 Los medios de apoyo, tanto de la Institución como de otras afines, tales
como los registros de siniestros e incidencias, se utilizan, de forma que
permitan obtener una mayor casuística del riesgo, aplicando los
principios de la acción preventiva, evitando, evaluando, reduciendo,
combatiendo los mismos desde su origen, respectivamente, adaptando
el puesto de trabajo, planificando la prevención, y anteponiendo la
protección colectiva a la individual, entre otros.
CR5.3 El nivel de seguridad necesario se determina en los aspectos de:
medios técnicos, medios humanos y medidas organizativas de acuerdo
a la evaluación sobre prevención de riesgos laborales.
CR5.4 Los medios técnicos, tanto activos como pasivos, que han de
emplearse de acuerdo con el nivel de seguridad deseado, se
seleccionan, promoviendo la seguridad y salud del personal de las
Fuerzas Armadas en el desempeño de sus funciones.
RP6: Utilizar los medios y materiales relacionados con la seguridad, vigilancia y
protección, tanto de uso individual como colectivo, manteniéndolos en
condiciones de uso.
Contexto profesional
Medios de producción
Vehículos militares. Armamento individual y sus municiones de dotación. Medios de
transmisión y enlace. Equipo individual de combate. Aparatos de visión nocturna.
Equipos de iluminación. Medios de enmascaramiento y simulación. Medios auxiliares de
información y vigilancia. Medios técnicos de protección y detección. Equipo de vivac.
Medios de dotación de transmisiones y procedimientos de comunicación.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
CR6.1 Los medios relacionados con la seguridad, vigilancia y protección se
mantienen siguiendo la normativa militar interna y las instrucciones de
manipulación, al objeto de rentabilizar su uso.
CR6.2 Las medidas de mantenimiento del material se aplican, de acuerdo a lo
dispuesto para cada caso o medio, en función del cometido militar en el
que intervengan.
CR6.3 Los medios y materiales se utilizan, cumpliendo con los fines del
servicio.
CR6.4 Los deterioros o daños en los medios y el material se comunican
mediante el parte de averías reglamentario, a fin de garantizar la
reparación o reposición de los mismos.
CR6.5 Los materiales se depositan en los lugares previstos, según los
procedimientos establecidos o las instrucciones recibidas.
CR6.6 Los elementos técnicos de seguridad que intervienen en la prestación
del servicio se comprueban, garantizando su funcionamiento.
CR6.7 Las armas puestas a disposición para la ejecución del servicio se
utilizan, respetando la normativa militar aplicable.
CR6.8 Los medios de dotación de transmisiones y procedimientos de
comunicación se gestionan, garantizando las conexiones en la
prestación del servicio.
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147093
RP5: Realizar operaciones de seguridad de las instalaciones y puntos sensibles,
identificando, detectando e informando sobre problemas concretos, las causas
y posibles fórmulas de solución.
CR5.1 El proceso de gestión de riesgos que pueda afectar a la misión
encomendada, se realiza en función de la actividad y de las situaciones
específicas que rodean a esta.
CR5.2 Los medios de apoyo, tanto de la Institución como de otras afines, tales
como los registros de siniestros e incidencias, se utilizan, de forma que
permitan obtener una mayor casuística del riesgo, aplicando los
principios de la acción preventiva, evitando, evaluando, reduciendo,
combatiendo los mismos desde su origen, respectivamente, adaptando
el puesto de trabajo, planificando la prevención, y anteponiendo la
protección colectiva a la individual, entre otros.
CR5.3 El nivel de seguridad necesario se determina en los aspectos de:
medios técnicos, medios humanos y medidas organizativas de acuerdo
a la evaluación sobre prevención de riesgos laborales.
CR5.4 Los medios técnicos, tanto activos como pasivos, que han de
emplearse de acuerdo con el nivel de seguridad deseado, se
seleccionan, promoviendo la seguridad y salud del personal de las
Fuerzas Armadas en el desempeño de sus funciones.
RP6: Utilizar los medios y materiales relacionados con la seguridad, vigilancia y
protección, tanto de uso individual como colectivo, manteniéndolos en
condiciones de uso.
Contexto profesional
Medios de producción
Vehículos militares. Armamento individual y sus municiones de dotación. Medios de
transmisión y enlace. Equipo individual de combate. Aparatos de visión nocturna.
Equipos de iluminación. Medios de enmascaramiento y simulación. Medios auxiliares de
información y vigilancia. Medios técnicos de protección y detección. Equipo de vivac.
Medios de dotación de transmisiones y procedimientos de comunicación.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
CR6.1 Los medios relacionados con la seguridad, vigilancia y protección se
mantienen siguiendo la normativa militar interna y las instrucciones de
manipulación, al objeto de rentabilizar su uso.
CR6.2 Las medidas de mantenimiento del material se aplican, de acuerdo a lo
dispuesto para cada caso o medio, en función del cometido militar en el
que intervengan.
CR6.3 Los medios y materiales se utilizan, cumpliendo con los fines del
servicio.
CR6.4 Los deterioros o daños en los medios y el material se comunican
mediante el parte de averías reglamentario, a fin de garantizar la
reparación o reposición de los mismos.
CR6.5 Los materiales se depositan en los lugares previstos, según los
procedimientos establecidos o las instrucciones recibidas.
CR6.6 Los elementos técnicos de seguridad que intervienen en la prestación
del servicio se comprueban, garantizando su funcionamiento.
CR6.7 Las armas puestas a disposición para la ejecución del servicio se
utilizan, respetando la normativa militar aplicable.
CR6.8 Los medios de dotación de transmisiones y procedimientos de
comunicación se gestionan, garantizando las conexiones en la
prestación del servicio.