Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147091
Productos y resultados
Armamento de dotación individual para el tiro, preparado. Tiro con el armamento de
dotación individual, realizado. Interrupciones que puedan producirse en la utilización del
armamento, durante el tiro, solucionadas. Normas de seguridad relativas al uso de armas
de fuego, aplicadas. Armamento conservado.
Información utilizada o generada
Normas técnicas de mantenimiento. Manuales técnicos de armamento y municiones.
Reglamentos específicos. Libretas de tiro. Normativa aplicable sobre prevención de
riesgos laborales. Normativa sobre protección medio ambiental.
Unidad de competencia 3: desarrollar procedimientos de seguridad para la
protección y defensa de las personas, bienes e instalaciones en las fuerzas
armadas
Nivel: 2
Código: UC0584_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 Los materiales, zonas e instalaciones necesarios para la prestación del
servicio se comprueban, garantizando su puesta a punto.
CR1.2 Las instalaciones próximas al puesto de control se vigilan para prever y,
en su caso, desarrollar posibles intervenciones que garanticen el
cumplimiento de los objetivos del cometido.
CR1.3 El cometido se presta, observando y escuchando el entorno a analizar,
a fin de adquirir la información significativa de interés.
CR1.4 Los vehículos, medios e instrumentos asignados se utilizan, valorando
la oportunidad e idoneidad de su uso, según las situaciones que se
presenten.
CR1.5 Los cometidos se materializan conforme a las técnicas de protección,
vigilancia y detección efectuadas, en función de las situaciones y zonas
de intervención, las normas militares corporativas y las órdenes
recibidas, según la jerarquía.
CR1.6 La información captada durante la prestación del cometido se
transmite, atendiendo a criterios de relevancia, interés y según las
normas militares, solicitando cuantas ayudas sean necesarias a las
instancias correspondientes ante situaciones de emergencia.
CR1.7 Las medidas de prevención y control se cumplen, transmitiendo la
información de forma que se permita el acceso seguro y rápido al
personal especializado y asistencial, colaborando con ellos en cuantas
situaciones sea requerido.
CR1.8 Las medidas de autoprotección se utilizan, integrándolas en las
actividades a realizar en el cometido militar, con independencia de la
tipología del mismo.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Efectuar cometidos relacionados con la seguridad del material, zonas e
instalaciones, con el fin de garantizar su integridad, interpretando las
instrucciones recibidas, identificando los tipos de servicio y sus características,
así como la intervención más ajustada al hecho concreto.
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147091
Productos y resultados
Armamento de dotación individual para el tiro, preparado. Tiro con el armamento de
dotación individual, realizado. Interrupciones que puedan producirse en la utilización del
armamento, durante el tiro, solucionadas. Normas de seguridad relativas al uso de armas
de fuego, aplicadas. Armamento conservado.
Información utilizada o generada
Normas técnicas de mantenimiento. Manuales técnicos de armamento y municiones.
Reglamentos específicos. Libretas de tiro. Normativa aplicable sobre prevención de
riesgos laborales. Normativa sobre protección medio ambiental.
Unidad de competencia 3: desarrollar procedimientos de seguridad para la
protección y defensa de las personas, bienes e instalaciones en las fuerzas
armadas
Nivel: 2
Código: UC0584_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
CR1.1 Los materiales, zonas e instalaciones necesarios para la prestación del
servicio se comprueban, garantizando su puesta a punto.
CR1.2 Las instalaciones próximas al puesto de control se vigilan para prever y,
en su caso, desarrollar posibles intervenciones que garanticen el
cumplimiento de los objetivos del cometido.
CR1.3 El cometido se presta, observando y escuchando el entorno a analizar,
a fin de adquirir la información significativa de interés.
CR1.4 Los vehículos, medios e instrumentos asignados se utilizan, valorando
la oportunidad e idoneidad de su uso, según las situaciones que se
presenten.
CR1.5 Los cometidos se materializan conforme a las técnicas de protección,
vigilancia y detección efectuadas, en función de las situaciones y zonas
de intervención, las normas militares corporativas y las órdenes
recibidas, según la jerarquía.
CR1.6 La información captada durante la prestación del cometido se
transmite, atendiendo a criterios de relevancia, interés y según las
normas militares, solicitando cuantas ayudas sean necesarias a las
instancias correspondientes ante situaciones de emergencia.
CR1.7 Las medidas de prevención y control se cumplen, transmitiendo la
información de forma que se permita el acceso seguro y rápido al
personal especializado y asistencial, colaborando con ellos en cuantas
situaciones sea requerido.
CR1.8 Las medidas de autoprotección se utilizan, integrándolas en las
actividades a realizar en el cometido militar, con independencia de la
tipología del mismo.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
RP1: Efectuar cometidos relacionados con la seguridad del material, zonas e
instalaciones, con el fin de garantizar su integridad, interpretando las
instrucciones recibidas, identificando los tipos de servicio y sus características,
así como la intervención más ajustada al hecho concreto.