Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2024-23757)
Real Decreto 1025/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente; Servicios Socioculturales y a la Comunidad; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147026
CR1.2 Los procedimientos de trabajo a seguir y los auxiliares químicos a
utilizar se determinan, mediante el análisis de las características de la
piel y especificaciones del producto final a conseguir.
CR1.3 Los lotes de fabricación se establecen, teniendo en cuenta la calidad
del producto final a obtener.
RP2: Interpretar la información sobre la piel teñida, engrasada y seca, extrayendo
los datos necesarios para organizar y programar el acabado de las pieles.
CR2.1 El proceso de fabricación de los productos se identifica, extrayendo la
información necesaria para determinar el tipo de acabado de las pieles
(materias primas, equipos, útiles y máquinas, secuencia de
operaciones, Equipos de Protección Individual (EPI), entre otros),
mediante la interpretación de la ficha técnica.
CR2.2 El tipo de acabado más conveniente para la calidad del producto final
se determina, mediante el análisis de las características de la piel.
CR2.3 La selección del tipo de tratamientos a realizar en las pieles se
determina, a partir de las características técnicas, económicas,
funcionales y estéticas establecidas por la dirección de la empresa.
RP3: Comprobar la calidad de las pieles en curso y teñidas, mediante la observación
visual y al tacto y, conforme a los criterios de calidad establecidos por la
dirección de la empresa.
CR3.1 Las pieles en curso y/o teñidas se analizan, visualmente y al tacto, para
verificar sus características, comparándolas con muestras de
referencia, en función de sus aplicaciones.
CR3.2 Los tipos de pieles en curso o teñidas se agrupan, sin perder su
trazabilidad, en lotes por su naturaleza, propiedades, características y
aplicaciones en la confección de artículos de vestir, calzado,
marroquinería y usos industriales, según el tamaño, grosor y calidad.
CR3.3 Los parámetros de las pieles se miden, con los instrumentos y
procedimientos específicos, en cada caso, expresando los resultados
en las unidades, simbología y terminología acordadas en la empresa.
CR3.4 Los defectos más comunes en pieles y cueros debidos a fallos en sus
procesos de fabricación o tratamiento, así como aquellos de origen
natural se identifican, según criterios de calidad establecidos por la
empresa.
CR3.5 La calidad, valor añadido y características finales del producto se
determinan, teniendo en cuenta la posible repercusión de defectos y
anomalías.
RP4: Recopilar la información técnica referente al trabajo realizado de clasificación
de pieles en curso y teñidas, resultados y calidad del producto, anotando los
datos en el soporte físico y/o digital establecido en la empresa, a fin de
contribuir a los planes de producción y gestión de la calidad.
CR4.1 La documentación se cumplimenta, anotando los datos requeridos, en
cada caso, a fin de contribuir a la mejora del flujo de información y
mantenimiento de la programación de producción.
CR4.2 Las incidencias y no conformidades se anotan, en el soporte físico y/o
digital establecido en la empresa, aportando criterios de mejora
continua, para facilitar las posteriores tareas de revisión, reparación y
clasificación.
CR4.3 La base de pieles clasificadas se elabora, recopilando la información
técnica relativa a los criterios de mejora continua de la calidad del
proceso y del producto.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Viernes 15 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 147026
CR1.2 Los procedimientos de trabajo a seguir y los auxiliares químicos a
utilizar se determinan, mediante el análisis de las características de la
piel y especificaciones del producto final a conseguir.
CR1.3 Los lotes de fabricación se establecen, teniendo en cuenta la calidad
del producto final a obtener.
RP2: Interpretar la información sobre la piel teñida, engrasada y seca, extrayendo
los datos necesarios para organizar y programar el acabado de las pieles.
CR2.1 El proceso de fabricación de los productos se identifica, extrayendo la
información necesaria para determinar el tipo de acabado de las pieles
(materias primas, equipos, útiles y máquinas, secuencia de
operaciones, Equipos de Protección Individual (EPI), entre otros),
mediante la interpretación de la ficha técnica.
CR2.2 El tipo de acabado más conveniente para la calidad del producto final
se determina, mediante el análisis de las características de la piel.
CR2.3 La selección del tipo de tratamientos a realizar en las pieles se
determina, a partir de las características técnicas, económicas,
funcionales y estéticas establecidas por la dirección de la empresa.
RP3: Comprobar la calidad de las pieles en curso y teñidas, mediante la observación
visual y al tacto y, conforme a los criterios de calidad establecidos por la
dirección de la empresa.
CR3.1 Las pieles en curso y/o teñidas se analizan, visualmente y al tacto, para
verificar sus características, comparándolas con muestras de
referencia, en función de sus aplicaciones.
CR3.2 Los tipos de pieles en curso o teñidas se agrupan, sin perder su
trazabilidad, en lotes por su naturaleza, propiedades, características y
aplicaciones en la confección de artículos de vestir, calzado,
marroquinería y usos industriales, según el tamaño, grosor y calidad.
CR3.3 Los parámetros de las pieles se miden, con los instrumentos y
procedimientos específicos, en cada caso, expresando los resultados
en las unidades, simbología y terminología acordadas en la empresa.
CR3.4 Los defectos más comunes en pieles y cueros debidos a fallos en sus
procesos de fabricación o tratamiento, así como aquellos de origen
natural se identifican, según criterios de calidad establecidos por la
empresa.
CR3.5 La calidad, valor añadido y características finales del producto se
determinan, teniendo en cuenta la posible repercusión de defectos y
anomalías.
RP4: Recopilar la información técnica referente al trabajo realizado de clasificación
de pieles en curso y teñidas, resultados y calidad del producto, anotando los
datos en el soporte físico y/o digital establecido en la empresa, a fin de
contribuir a los planes de producción y gestión de la calidad.
CR4.1 La documentación se cumplimenta, anotando los datos requeridos, en
cada caso, a fin de contribuir a la mejora del flujo de información y
mantenimiento de la programación de producción.
CR4.2 Las incidencias y no conformidades se anotan, en el soporte físico y/o
digital establecido en la empresa, aportando criterios de mejora
continua, para facilitar las posteriores tareas de revisión, reparación y
clasificación.
CR4.3 La base de pieles clasificadas se elabora, recopilando la información
técnica relativa a los criterios de mejora continua de la calidad del
proceso y del producto.
cve: BOE-A-2024-23757
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276