Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Certificados de ahorro energético. (BOE-A-2024-23732)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se modifica la de 3 de julio de 2024, por la que se actualiza el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Jueves 14 de noviembre de 2024

Di

Duración indicativa de la actuación

(5)

Sec. III. Pág. 146813

años

(5)
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la
transposición de la obligación de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su
defecto a criterio de la persona técnica responsable.

Fecha inicio actuación.
Fecha fin actuación.
Representante del solicitante.
NIF/NIE.
Firma electrónica.

5.

Documentos para la justificación de los ahorros de la actuación y su realización

1. Ficha cumplimentada y firmada por el representante legal del solicitante de la
emisión de CAE.
2. Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de
energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma
actuación de ahorro de energía según el modelo del anexo I de esta ficha.
3. Facturas justificativas de la adquisición.
(6)

(6)
Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia
Tributaria.

4. Ficha técnica del vehículo antiguo.
5. Documento justificativo que acredite la propiedad del vehículo antiguo durante
más de un año. Se considerará válido alguno de los siguientes:
a) El permiso de circulación o.
b) El último recibo del impuesto IVTM.
6. Documento justificativo que acredite que el vehículo ya no está en propiedad. Se
considerará válido alguno de los siguientes:
a) El certificado de achatarramiento o.
b) La solicitud del cambio de titularidad registrada en la Dirección General de
Tráfico del vehículo sustituido.

cve: BOE-A-2024-23732
Verificable en https://www.boe.es

En los casos en que no aparezca especificado en la base de datos del IDAE o en la
ficha el consumo del vehículo, aportar el documento de homologación técnica que
acredite el consumo del vehículo sustituido y/o nuevo.