Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones nucleares. (BOE-A-2024-23735)
Orden TED/1269/2024, de 11 de noviembre, por la que se concede la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear Trillo I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 146841

que se establece un calendario de cese de explotación ordenando de las centrales
nucleares actualmente en funcionamiento en el horizonte temporal 2027-2035.
De acuerdo con todo lo anterior, y conforme a lo previsto en el referido Protocolo de
intenciones, con fecha 27 de marzo de 2023 el titular de la central nuclear Trillo I,
Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, AIE, presentó ante el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, una solicitud de renovación de la autorización de
explotación para esta central nuclear por un periodo de diez años, a contar una vez
expire el plazo conferido en la anterior renovación.
Esta solicitud se acompañaba de la documentación preceptiva, que incluye, entre
otros documentos, la Revisión Periódica de la Seguridad (RPS) de la central, las últimas
revisiones de los documentos a que se refiere la condición 3 del anexo a la Orden
IET/2101/2014, de 3 de noviembre, la revisión actualizada de los estudios del Análisis
Probabilista de Seguridad, el análisis de envejecimiento de los componentes, sistemas y
estructuras de seguridad de la central y el análisis de la experiencia acumulada durante
el periodo de vigencia de la última autorización de explotación.
Mediante escrito de fecha 30 de marzo de 2023, dicha solicitud fue remitida al
Consejo de Seguridad Nuclear, para su informe preceptivo.
Posteriormente, con fecha 26 de julio de 2024, tuvo entrada en este Ministerio el
informe del Consejo de Seguridad Nuclear, de esa misma fecha, que es favorable a la
renovación de la autorización de explotación por un periodo de diez años, siempre que la
explotación se ajuste a los límites y condiciones que se recogen en el anexo de esta
orden.
En dicho informe, el Consejo de Seguridad Nuclear señala que, en virtud de lo
previsto en el apartado d) del artículo 2 de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del
Consejo de Seguridad Nuclear, ha realizado un seguimiento y supervisión continuos de
la explotación de la mencionada central durante el periodo de vigencia de la autorización
actual y del cumplimiento de las condiciones aplicables sobre seguridad nuclear y
protección radiológica.
Asimismo, el Consejo de Seguridad Nuclear ha evaluado la documentación presentada
por el titular en cumplimiento del apartado segundo de la Orden IET/2101/2014, de 3 de
noviembre, modificado por el apartado primero de la Orden TED/1293/2021, de 15 de
noviembre, entre la que se encuentra la citada Revisión Periódica de Seguridad
correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2022,
así como otra documentación asociada a la autorización de explotación y a la Operación a
Largo Plazo.
Con fecha 27 de septiembre de 2024, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concedió trámite de audiencia a los interesados en el
procedimiento, que ha sido evacuado con el resultado que obra en las actuaciones.
Vistos la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear; la Ley 15/1980, de 22 de
abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; el Reglamento sobre instalaciones nucleares y
radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre; y el Reglamento
sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las
radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre.
Cumplidos los trámites ordenados por las disposiciones vigentes, teniendo en cuenta
el estado de cumplimiento del condicionado establecido en la Orden IET/2101/2014, de 3
de noviembre, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Coordinación
Energética, y de acuerdo con el informe del Consejo de Seguridad Nuclear, este Ministerio
ha resuelto:
Primero.
Otorgar a la entidad Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, AIE, la renovación de la
autorización de explotación de la Central Nuclear Trillo I.

cve: BOE-A-2024-23735
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Núm. 275