Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23616)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Almería n.º 3 a inmatricular determinadas fincas, una vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Miércoles 13 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 145420

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23616

Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Almería n.º 3 a inmatricular determinadas
fincas, una vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199 de la
Ley Hipotecaria.

En el recurso interpuesto por don F. M. S., en nombre y representación de doña I.,
don F. y doña M. I. M. P., contra la negativa del registrador de la Propiedad de Almería
número 3, don Manuel Ortiz Reina, a inmatricular determinadas fincas, una vez tramitado
el procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante escrituras de donación otorgadas el día 13 de diciembre de 2023 ante el
notario de Vera, don Francisco Enrique Vidal Martín de Rosales, con los número de
protocolo 4.502 y 4.503, se solicitaba la inmatriculación de doce fincas, de conformidad
con el artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
II
Presentadas dichas escrituras en el Registro de la Propiedad de Almería número 3,
habiéndose tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria
y practicado las comunicaciones prevenidas en el mismo a los titulares colindantes y a
los titulares del dominio público, fueron objeto de la siguiente nota de calificación:

El Registrador que suscribe, en base al principio de Calificación Registral que dimana
del artículo 18 de la Ley Hipotecaria y en el ejercicio de las funciones que legalmente
tiene conferidas en cuanto al control de la legalidad de los documentos que acceden al
Registro de la Propiedad, ha resuelto no practicar la inmatriculación de la fincas
señaladas en el expositivo con los números 3 y 12, parcelas 186 y 114, por existir dudas

cve: BOE-A-2024-23616
Verificable en https://www.boe.es

«Acuerdo recaído en este Registro de la Propiedad sobre la calificación del
documento (artículos 18 y 19 bis de la L.H. y 98 a 100 de su R.H.).
Entrada n.º 374 del año: 2024
Asiento n.º 1820 Diario: 81
Presentado el 17/01/2024
Presentante: M. S. F.
Naturaleza: escritura.
Objeto: inmatriculación.
Protocolos N.º 4502/2023 y 4503/2023.
Notario: Francisco Enrique Vidal Martín de Rosale [sic]
Nota de calificación.