Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23612)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Calafell, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y subrogación de préstamo hipotecario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 145391
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23612
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Calafell, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de compraventa y subrogación de préstamo
hipotecario.
En el recurso interpuesto por don S. V. B., en nombre y representación de la entidad
«Sem Parlamentaria, SL», como persona física representante designada para actuar
como administradora única de la sociedad «Edmasa Homes, SL», contra la nota de
calificación del registrador de la Propiedad de Calafell, don Pedro Alfredo Álvarez
González, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y
subrogación de préstamo hipotecario.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 12 de marzo de 2024 por la notaria de
Calafell, doña María Pilar Latorre Guillorme, con el número 331 de protocolo, don J. A. T. H.
vendió a la sociedad «Edmasa Homes, SL» una finca.
La finca estuvo arrendada con un derecho de opción de compra en favor de «Opera
Catalonia, SLU», quien, a través de su representante, cedió el derecho de opción de
compra a «Edmasa Homes, SL», compradora en la escritura calificada.
Tanto el arrendamiento con opción de compra como la cesión constaban en
documentos privados que se mencionaban e incorporaban a la escritura calificada, pero
no se elevaban a públicos. Por otro lado, «Opera Catalonia, SLU» renunció también a su
derecho de adquisición preferente en la escritura calificada. La finca estaba gravada con
una hipoteca en la que se subrogaba la compradora.
II
«Datos de Identificación del Documento.
Nombre autoridad: María del Pilar Latorre Guillorme.
Población autoridad: Calafell.
N.º Protocolo: 331/2024.
N.º Entrada: 1370/2024.
N.º Diario: 137.
N.º Asiento: 1491.
El documento calificado dentro del plazo legal, de conformidad con los artículos 1, 2
y 18 de la Ley Hipotecaria, fue presentado según resulta del cajetín de este Registro en
el mismo.
cve: BOE-A-2024-23612
Verificable en https://www.boe.es
Presentada copia de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Calafell, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
Núm. 274
Miércoles 13 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 145391
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23612
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Calafell, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de compraventa y subrogación de préstamo
hipotecario.
En el recurso interpuesto por don S. V. B., en nombre y representación de la entidad
«Sem Parlamentaria, SL», como persona física representante designada para actuar
como administradora única de la sociedad «Edmasa Homes, SL», contra la nota de
calificación del registrador de la Propiedad de Calafell, don Pedro Alfredo Álvarez
González, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y
subrogación de préstamo hipotecario.
Hechos
I
Mediante escritura pública autorizada el día 12 de marzo de 2024 por la notaria de
Calafell, doña María Pilar Latorre Guillorme, con el número 331 de protocolo, don J. A. T. H.
vendió a la sociedad «Edmasa Homes, SL» una finca.
La finca estuvo arrendada con un derecho de opción de compra en favor de «Opera
Catalonia, SLU», quien, a través de su representante, cedió el derecho de opción de
compra a «Edmasa Homes, SL», compradora en la escritura calificada.
Tanto el arrendamiento con opción de compra como la cesión constaban en
documentos privados que se mencionaban e incorporaban a la escritura calificada, pero
no se elevaban a públicos. Por otro lado, «Opera Catalonia, SLU» renunció también a su
derecho de adquisición preferente en la escritura calificada. La finca estaba gravada con
una hipoteca en la que se subrogaba la compradora.
II
«Datos de Identificación del Documento.
Nombre autoridad: María del Pilar Latorre Guillorme.
Población autoridad: Calafell.
N.º Protocolo: 331/2024.
N.º Entrada: 1370/2024.
N.º Diario: 137.
N.º Asiento: 1491.
El documento calificado dentro del plazo legal, de conformidad con los artículos 1, 2
y 18 de la Ley Hipotecaria, fue presentado según resulta del cajetín de este Registro en
el mismo.
cve: BOE-A-2024-23612
Verificable en https://www.boe.es
Presentada copia de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Calafell, fue
objeto de la siguiente nota de calificación: